miércoles, 23 de junio de 2021

HISTORIA DE ESPAÑA

 SIGLO X EN ESPAÑA LITERATURA

Muhammad ibn al-Hasan al-Madhayti al-Kattani (ابو عبد الله محمد ابن حسن المعروف بابن الكتانى) (Córdoba, c. 950 – Zaragoza1029) fue un médicoliterato y músico hispanoárabe.

Vida[editar]

Al-Kattani, cordobés de cuna, fue médico personal de Almanzor, pero tras estallar la guerra civil a la crisis del califato de Córdoba, se trasladó a la taifa de Zaragoza adonde contribuyó con los avances en medicina desarrollados por Abulcasis de Córdoba.

Obra[editar]

Escribió un tratado conservado sobre el tratamiento de las enfermedades peligrosas con síntomas epidérmicos, el Mu‘alayat al-amrāḍ al-Jaṭirah al-bādiyah ‘alá al-badan min Jāriy (معالجة الامراض الخطرة البادية على البدن من خارج).

Dominó, asimismo, la gramática, la lógica y la filosofía, aprendidas del zaragozano Ibn Fathun. Se le tuvo por un reputado conocedor de la inferencia y la deducción, aspectos de la lógica sobre los que escribió varias obras.

Como literato escribió la antología poética Kitab al-Tasbihat min as'ar ahl al Andalus (Libro de los símiles en los poemas de los andalusíes) y fue maestro de Ibn Hazm, el reputado autor de El collar de la paloma. El Kitab al-Tasbihat compila poesías de casi un centenar de líricos hispanoárabes, entre los que se cuenta Al-Ramadi.

Su obra Muhammad y Suda, de trazos autobiográficos, muestra a una muchacha, Suda, que probablemente fuera una de aquellas que, reclutadas de entre las cristianas de Zaragoza, eran traídas como esclavas de lujo a Córdoba tras ser instruidas en letras, música, ciencias y cortesanía. Todo indica que Al-Kattani regentaba un negocio de este tipo y de ahí que tuviera contactos previos con la marca superior zaragozana, donde al parecer continuó dirigiendo esta institución educativa poético musical (y lucrativo negocio) de jóvenes mozárabes.

Su escuela-conservatorio de jóvenes esclavas cantoras fue una de las más prestigiosas de Al-Ándalus, y seguía en este tipo de institución académica la creada en Córdoba por el célebre músico Ziryab en el siglo IX.





Abu 'Abd Allah ibn 'Abd al-Barr fue un importante polígrafo y jurista cordobés. No se conoce con certeza la fecha de su nacimiento, en la primera década del siglo X.

Historia[editar]

Desarrolló su magisterio como cadí en la ciudad califal, según se sabe por la biografía que de él realizó Ibn al-Faradi, quien le alaba como alfaquí sobresaliente, versado en el hadiz y perito en versos. No debe confundirse con Yusuf Ibn 'Abd al-Barr, también cordobés y cadí, que nació unos años después de la muerte de Abu Abd al-Barr.

La designación, por Abderramán III, de Al-Hakam II como su sucesor, provocó un intento de hacerse con el poder por parte de Abd Allah, otro de los hijos del califa, que intentó destronar a su padre. En esta sublevación participaron numerosos personajes de Córdoba, entre los que estaba Abd al-Barr. El 22 de marzo de 950, el califa ordena su ejecución, por haber intervenido en la conspiración.

Obra[editar]

Abd al-Barr es autor de una obra valiosa sobre biografías de alfaquíes y cadíes de al-Ándalus, llamada Kitáb al-qudá, de indudable entidad según podemos deducir a partir de los fragmentos reproducidos en otras fuentes y, especialmente, en el Muqtabis de Ibn Hayyán.1​Parece que la gravedad de los sucesos que le llevaron a la muerte, supusieron la retirada de la circulación de su obra por algún tiempo, hasta después de la muerte de Al-Hakam II. Sólo entonces vuelven a aparecer sus textos, aunque ya fragmentados. Ibn Hayyán recoge, de forma extensa, citas textuales de la obra de Ibn Abd al-Barr sobre los cadíes de Abd al-Rahmán II. Por su parte, Ibn Said al-Maghribi, que vivió dos siglos más tarde (1214-1286), recoge en su obra al-Mugrib datos sobre el período califal, tomados directamente de Ibn Abd al-Barr. Otros autores, como al-Nubâhí, también lo utilizaron como fuente.






Abu Utman Said ibn Fathun ibn Mukram al-Himar (Zaragozasiglo X - Siciliasiglo XI) fue un filósofo de la Taifa de Zaragoza.

Ibn Fathun fue apodado por su inmensa capacidad de trabajo «al-Himar» (el burro), sobrenombre que no tenía en árabe andalusí connotaciones peyorativas y equivaldría al griego philoponos (amante del trabajo). Lo que se sabe de su vida está recogido en Ibn Hazm de Córdoba y en la obra del historiador hispanoárabe Said al-Andalusí de Toledo, que lo elogian por su fama entre los filósofos de su tiempo.

Vida[editar]

Formado en la Córdoba califal, destacó en matemáticasmúsicaastronomíabellas artespoesía y gramática, además de ser maestro de lógica de Al-Kattani, otro importante intelectual saraqustí. También fue diestro en música, al igual que Avempace, quien fue el último gran filósofo del reino islámico de Saraqusta e influyó en los filósofos de al-Ándalus posteriores, como Averroes; de ese modo, se podría decir que Ibn Fathun fue el primer filósofo andalusí merecedor de tal nombre (como señala Joaquín Lomba), pues fue en Zaragoza donde se inició la «falásifa» o filosofía racional en el occidente musulmán, a partir del influjo de Avicena y Al-Farabi. Hasta entonces en Al-Ándalus solo hubo exégesis coránica y escuelas teológicas, que no adoptaron la lógica racionalista y empírica propia de Aristóteles.

Obra[editar]

Escribió dos obras científico-filosóficas, que se sepa, aunque se han perdido. Primeramente, un método de clasificación de las ciencias que seguía la línea de El catálogo de las ciencias de Al-Farabi y del que se desconoce su título. En él dividía el saber según las categorías aristotélicas de sustancia y accidente. Asimismo, escribió una introducción a todos los saberes filosóficos: El árbol de la sabiduría (Šayarat al-hikma).

En cuanto a las obras de teoría de la música, escribió Ta'lif fi l-musiqa (Tratado sobre la composición musical) y Kitab fi l-Arud (Opúsculo sobre la prosodia), que relacionaba el ritmo poético y el musical. Adquirió un gran prestigio como compositor y teórico musical y sentó las bases de la Escuela de Zaragoza en la música de al-Ándalus. Es citado por Ahmad Tifasi (Túnez, 1184-1253) en su obra enciclopédica Mut'at al-asma' fi 'ilm al-sama' (El placer de los oídos ante la ciencia de la audición musical) como uno de los grandes músicos compositores del islam occidental junto con Avempace. De Al-Himar recoge cinco composiciones nasid (recitativas) y cinco sawt (melódicas). En algunas de estas composiciones se canta su amor por el virtuosismo musical o tienen por tema el elogio de las esclavas cantantes.

Según sus biógrafos la pérdida de su obra se debió, seguramente, a la política de intolerancia de Almanzor hacia el pensamiento proveniente de Grecia y Oriente causada por las prescripciones de rigor y ortodoxia religiosa dictadas por los alfaquíes en los que Almanzor apoyó su poder. Esta persecución de la filosofía (falásifa) debió afectar a la conservación de los tratados de Ibn Fathun. De hecho, Ibn Fathun al-Himar fue detenido y condenado a muerte, si bien, gracias al apoyo de alfaquíes más moderados, consiguió exiliarse en Sicilia donde falleció.





Ibrāhīm ibn Yaʿqūb (en árabeإبراهيم بن يعقوب‎, también transcrito Ibn Jakub o Ben Jakub o Ibrahim Ibn al Jaqub al Israili at-Turtushi) o Abraham ben Yacov (hebreo) fue un comerciante judío del Califato Omeya de Córdoba, natural de Tortosa, que viajó por la Europa Central y Oriental durante la segunda mitad del siglo X.

En los años 960-970 viajó, por orden del califa de Córdoba, para comerciar con esclavos y para ser recibido en audiencia por Otón el Grande, emperador del Sacro Imperio Romano Germánico.

Este viaje le llevó a Irlanda a través de Burdeos y Noirmoutier. Luego atravesó el imperio de norte a sur, pasando por UtrechtMaguncia y Fulda, visitando las tierras del reino de los checos y, a orillas del Vístula, la ciudad comercial de Cracovia. Finalmente abandonó Europa por Sicilia.

El informe que escribió al regreso de su viaje es el primer documento escrito sobre las ciudades de Praga y Cracovia, así como de Vineta, además de relatar con detalle la vida y las costumbres de los pueblos eslavos.

Conocemos el relato de viajes gracias al libro de Abu Abdullah al-BakriKitâb al-Masâlik wa'l-Mamâlik (el Libro de Carreteras y de Reinos).

Más recientemente, Norman Davies recoge, en God’s Playground, la parte del relato referida a la tierra que hoy en día es Polonia.






Recemundo (en latínRecemundus; también conocido en lengua árabe como rabí Ibn Zyadrabí Ibn Zyad al-U(s)qufrabí Ibn Zyad al-U(s)quf al-Qurtubi) fue un obispo mozárabe del siglo X, autor de una obra escrita en el 961El Libro de la división de los tiempos (más conocido como El calendario de Córdoba), una obra escrita paralelamente en latín y en árabe, dedicada al califa Alhakén II.1

Obispo de Ilíberis (mencionado en 9622​), fue también filósofo,3​ gran conocedor de la astronomía y experto en las matemáticas.4

Recemundo, que hablaba perfectamente el latín y el árabe, fue miembro del oficio palatino de Córdoba5​ y embajador de Abderramán III en la corte del emperador Otón I de Alemania (953) y en misión oficial a Bizancio y a Jerusalén en 960.





El Fuero de Castrojeriz es un fuero medieval de España que recoge el conjunto de derechos y privilegios otorgado en el año 974 por García Fernández conde de Castilla a la villa de Castrojeriz (hoy provincia de Burgos, comunidad autónoma de Castilla y León).1​ Este fuero es reconocido como entre los primeros otorgados en el reino de Castilla.

Contexto[editar]

El conde para hacer frente al peligro musulmán en sus fronteras, amplió la base social del condado promulgando las ordenanzas sobre los caballeros villanos de Castrojeriz, equiparando a los caballeros villanos con los infanzones: aquellos campesinos que dispusieran de un caballo para la guerra serían equiparados automáticamente con los nobles de segunda clase.

(...) .Es el primer documento en que se iguala a los caballeros villanos con los infanzones, el primer indicio de su existencia, aunque la institución puede considerarse anterior. Los condes necesitaban apoyarse para defender la tierra frente al moro, para consolidar su nueva situación ante el rey y para compensar la hostilidad de los ricoshombres de linaje, que no habían visto con buenos ojos su encumbramiento, en una nueva clase privilegiada surgida de las entrañas del terruño. Su aparición debió ser lenta. Tal vez de un servicio extraordinario o de un acto de heroísmo. En Castrojeriz vemos ya la institución en pleno desarrollo, y hay que admitir que se encontraría implantada en todas las villas condales (...)
Historia de EspañaRamón Menéndez Pidal3

Texto[editar]

Monumento al Fuero de Castrojeriz.
Arcos en las ruinas del convento de San Antón.

Extractos del Fuero firmado en el municipio de Castrojeriz 974-III-8:

En el nombre de la santa e indivisa Trinidad, esto es, Padre, e Hijo y Espíritu Santo, un solo señor omnipresente, creador de todas las criaturas del que proceden todas las cosas, en el que están todos, por el cual han sido hechos todos. A El la gloria y el imperio por los siglos de los siglos. Amén.


Yo García Fernández. Conde por la gracia de Dios, y Emperador de Castilla, a una con mi esposa Ava, Condesa, para remedio de mi alma, de las almas de mis padres y de todos los fieles difuntos, dicto esta escritura de libertad e ingenuidad para vosotros, mis fidelísimos varones de Castrojeriz, que es del tenor siguiente:


Damos buenos fueros a aquellos que fueron caballeros y los elevamos a infanzones (hijosdalgo de potestad y señorío limitados, eran la nobleza menor, aunque sin privilegios nobilarios), anteponiéndoles a los infanzones que sean de fuera de Castrojeriz y les autorizamos a poblar sus heredades con forasteros y hombres libres y respétenlos estos como infanzones, pudiendo ser desheredados los colonos si resultan traidores.


Y gozarán los caballeros de Castrojeriz el mismo fuero en sus heredades que en sus casas de la villa, si alguien matase a un caballero de Castrojeriz peche 500 sueldos (moneda antigua de Castilla) y espúrguese del homicidio con doce testigos y no paguen (los de Castrojeriz) ni abunda ni mañería.


El caballero de Castrojeriz que no tenga prestimonio (préstamo) que no acuda al fonsado, si el merino no le asigna soldana y tengan (los caballeros) señor que les señale un beneficio.

Y si ocurre un homicidio en Castrojeriz, causado por caballero, pague el culpable 100 sueldos, tantos por un caballero como por uno de a pie (peón).


Y los clérigos tengan el mismo fuero que los caballeros.


Y a los peones concedemos fuero y los anteponemos a los caballeros villanos de fuera de Castrojeriz y otorgamos que no se les pueda imponer ninguna serna ni vereda, excepto un solo día en el barbecho y otro en el sembrado, otro en podar y en acarrear cada uno un carro de mies.


Y a los vecinos de Castrojeriz no paguen portazgo (derechos que se pagan por pasar por algún sitio), ni montazgo (tributo pagado por pasar ganado por un monte) en nuestros dominios y no se les exija mañería (antiguo derecho que tenían los señores de heredar los bienes de quienes morían sin sucesión legítima), fonsadera (ejercicio de hueste o tropa), ni ninguna vereda.


Si el Conde llamare a fonsado, de cada tres peones vaya uno y de los otros dos uno preste su asno, quedando libres los dos.


Y si los vecinos de Castrojeriz matasen a un judío pechen como por un cristiano y las afrentas se compensarán como entre hombres de las villas.


Se hizo esta carta el señalado día octavo de los idus de marzo, en la Era mil doce (8 de marzo de 974), imperando en Castilla el Conde García y Ava, la Condesa, su mujer. La oímos con nuestros oídos y la firmamos con nuestras manos juntamente con otros testigos. Sancho nuestro hijo, testigo. Pelayo, obispo, testigo. Urraca, nuestra hija, testigo. Diego, testigo. Anaya Sonaz, testigo.


Y ninguno de los gobernantes, hijos o nietos nuestros, se atreva a romper este pacto, sino que la escritura permanezca firme. Y si alguno quisiere romper o violar esta escritura sea separado de Dios y vaya al infierno más hondo con Datán y con Judas, el traidor que entregó a Cristo Redentor. Y decimos y confirmamos, yo el Conde García y Ava la Condesa, que si entre nosotros y los de Castrojeriz hubiese alguna caloña (querella), la compondremos entre nosotros y ellos. Y si algún hombre dijese algún falso testimonio y le fuese probado sea castigado con el concejo de Castrojeriz y cuando hubiese investigación júzguese por el propio fuero.
Fuero de Castrojériz (traducido por fray Valentín de la Cruz, O.C.D.)

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