SIGLO XV EN ESPAÑA
La Casa del Mono o Casa de Pizarro-Espadero es un edificio de estilo gótico situado en el recinto monumental de la ciudad de Cáceres (Extremadura, España).
Se trata de una casa fuerte cuya construcción se ordenó en el siglo XV por parte del matrimonio formado por Gonzalo de Cáceres y Marina Alonso de los Nidos.
Recibe su nombre por contener en su patio interior una escultura de un mono sobre la que circulan numerosas leyendas.
Es propiedad de la Diputación Provincial y en el pasado estuvo destinada a fines museísticos albergando la sede del museo de Bellas Artes de la ciudad. En la actualidad acoge las dependencias de la Biblioteca Alonso Zamora Vicente que cuenta en su interior con un depósito de aproximadamente 30.000 volúmenes.
La casa del Rey Moro de Sevilla es una de las escasas construcciones domésticas de fines del siglo XV y principios del XVI que ha llegado hasta nuestros días en dicha ciudad. Pertenece a un momento en que coinciden el gótico final y los inicios del renacimiento, con una fuerte tradición islámica, lo que le aporta una gran riqueza formal.
Perteneciente a la tipología de vivienda particular de estilo mudéjar con huerta y jardín domésticos, su situación en las afueras de la ciudad y su cercanía a las murallas le hacen participar, en cierta manera, de rasgos de arquitectura rural.
Descripción[editar]
La Casa cuenta actualmente con dos fachadas: La principal que da a la calle Sol y otra, en su lateral izquierdo, que permitía el acceso, en época histórica, a la huerta de la vivienda y que actualmente es una pequeña calle sin salida.
Tiene planta rectangular y una distribución espacial en torno a un patio central porticado en tres de sus lados. Las zonas anterior y posterior del inmueble están constituidas por dos crujías, mientras las laterales presentan sólo una y de menor anchura.
La fachada, de ladrillo visto encalado y sin decoración, tiene dos puertas: Una moderna que da acceso a un ala dedicada a sala de exposiciones y la original del edificio. En la planta primera destacan un balcón, un pequeño vano y una cornisa de escaso vuelo que se desarrolla por toda la fachada y sostiene las tejas de las cubiertas hasta llegar al mirador, de factura reciente.
Las distintas remodelaciones que ha sufrido la casa hacen que sea el patio que ha permanecido sin reformas, el espacio de mayor interés. Presenta arcadas completas en la planta baja y alta en los flancos norte y sur, y sólo la alta en su lado este. Donde éstas faltan existe un muro en el que se abren vanos comunes. Las arcadas se sostienen por pilares de ladrillo de color rojizo de diferentes secciones, siendo en la planta baja, octogonales y con basas simples. Los arcos peraltados enmarcados en alfices apoyan en capiteles con forma de paralelepípedo recortados en la parte inferior de los ángulos. En las galerías altas existe una gran tipología de soportes, los arcos son rebajados e igualmente enmarcados en alfices. El resto de los componentes del patio pertenecen a la última restauración. En las demás estancias la adaptación a nuevos usos ha homogeneizado su aspecto.
Elemento a destacar en el inmueble es la techumbre del salón principal, un artesonado de tirantes, de estilo mudéjar, bastante restaurado, de traza sencilla, en el que únicamente aparece decoración de lacería en los tres tirantes.
Declaración de Bien de Interés Cultural (BIC)[editar]
El bien denominado casa del Rey Moro es un inmueble de un interés excepcional al tratarse de una de las escasas construcciones domésticas de fines del siglo XV y principios del XVI que ha llegado hasta nuestros días, en la ciudad de Sevilla. Su singularidad radica en que pertenece a un momento en que conviven el gótico final y los inicios del renacimiento con una fuerte tradición islámica, lo que le aporta una gran riqueza formal. Perteneciente a la tipología de vivienda particular de estilo mudéjar con huerta y jardín domésticos, su situación en las afueras de la ciudad y su cercanía a las murallas le hacen participar, en cierta manera, de rasgos de arquitectura rural.
Por Resolución de 18 de febrero de 1983, de la Dirección General de Bellas Artes y Archivos, publicada en Boletín Oficial del Estado el 15 de abril de 1983, se incoa expediente de declaración de Monumento Histórico-Artístico, a favor del bien inmueble denominado Casa del Rey Moro sito en Sevilla, según el artículo 14 de la Ley de 13 de mayo de 1933 sobre Defensa, Conservación y Acrecentamiento del Patrimonio Artístico Nacional, siguiendo con la tramitación establecida en dicha Ley, el Decreto de 16 de abril de 1936 por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley del Tesoro Artístico Nacional y en el Decreto de 22 de julio de 1958, por el que se crea la categoría de Monumentos provinciales y locales, de acuerdo con lo preceptuado en la Disposición Transitoria Sexta Primera de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
En la tramitación del expediente y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, han emitido informe favorable a la declaración, la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Sevilla. De acuerdo con la legislación vigente, se cumplieron los trámites preceptivos, abriéndose un período de información pública (cuyo anuncio se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, número 44, de 13 de abril de 2000), y concediéndose trámite de audiencia al Ayuntamiento y particulares interesados (publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, número 63, de 1 de junio de 2000), expuesto en el tablón de edictos del Ayuntamiento y notificado personalmente a los interesados.
Así mismo, conforme al Decreto de 22 de julio de 1958, por el que se crea la categoría de Monumentos provinciales y locales y los artículos 81 y 93 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, artículos 11.2, 18 y disposición transitoria sexta primera de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, se realizó la delimitación del entorno, atendiendo a las relaciones que el inmueble mantiene con el lugar en que se ubica.
Terminada la instrucción del expediente, según lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, procede la declaración de Bien de Interés Cultural de dicho inmueble, con la categoría de Monumento, así como, y de conformidad con lo previsto en la disposición adicional primera del citado texto legal, en relación con el artículo 8 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 19/1995, de 7 de febrero, la inclusión del mismo en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 6 y 9.1 y 9.2 de la Ley de Patrimonio Histórico Español, el artículo 11.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 16/1985, de Patrimonio Histórico Español en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico Andaluz, a propuesta de la Consejera de Cultura y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del 22 de mayo de 2001.
La casa de los Solís, o del Sol, es una de las construcciones notables del recinto histórico de Cáceres en España.12
Casa-fortaleza de estilo gótico, fue levantada en el siglo XV y reformada en el XVI. El elemento más significativo de la fachada es el escudo familiar, un sol con rostro humano del que parten 16 rayos, 8 de ellos mordidos por sendos dragantes o cabezas de serpiente,3 todo ello coronado por un yelmo. Un alfiz enmarca la puerta con arco de medio punto y dovelas, bajo el escudo. En la parte superior de la torre, continuación de la fachada, destaca un matacán semicircular con aspilleras en forma de cruz.
En la actualidad acoge un importante archivo con documentos sobre América y Filipinas, custodiado por los padres de la Preciosa Sangre.
La Casa Torre de Ureta de Llanteno en Ayala (Álava, España) es una casa torre residencial de finales del siglo XV y principios del siglo XVI, de planta cuadrada de once metros de lado. Consta de planta baja, primera y bajo cubierta a cuatro aguas. El acceso principal se presenta junto a la carretera, en orientación noreste, a la altura de la primera planta, mediante un pequeño puente que salva el foso entre la torre y la carretera local. Es una construcción de mampostería, con sillares en los esquinales y doble portada en la fachada principal.
Fachadas[editar]
La fachada nordeste se caracteriza por las dos puertas de entrada, una en cada planta. La puerta superior es el acceso al edificio y ocupa el centro de la fachada a la altura del primer piso, mientras en la planta baja a la derecha, se localiza otra puerta de análogas características y medidas, que da acceso a las cuadras. Ambas portadas terminan en arcos de medio punto, con dovelas de grandes sillares, ordenados con muescas y leve moldura alrededor del arco y en el jambaje. La puerta superior va encuadrada por alfiz moldurado, con hilera de cabezas de clavo y medias esferas alternantes. Los vanos de estos accesos son amplios, 2,75 x 1, 60 metros la superior y 2,55 x 1,60 metros la inferior. En la planta baja, defendiendo el acceso desde el camino al foso y a la puerta inferior, se abren dos saeteras de más de un metro de altura y en la planta primera, a ambos lados de la puerta, existen dos ventanas casi cuadradas, de 0,70 metros, una de ellas con molduras muy simples. Estas ventanas van enmarcadas por grandes sillares y, bajo ellas, en el límite entre la planta baja y la primera, se enfilan seis modillones, cuatro en el lado derecho y dos en el izquierdo. El alero de la cubierta se inicia casi inmediatamente por encima de la puerta de acceso, por lo que la fachada muestra una escasa altura. En la planta baja, en el lateral derecho existe un anexo de una planta, que cubre parcialmente una saetera.
La fachada noroeste, destaca por estar construida de cara al río, por lo que su presencia visual es mayor, existen solo dos saeteras en la planta baja, una cegada parcialmente, mientras en su planta primera hay dos ventanas similares a las de la fachada principal y dos nuevas sin ningún valor.
La fachada sudeste, es un paño prácticamente ciego, con cuatro pequeños huecos alineados en el borde superior de la planta primera y que se caracteriza por presentar un anexo de mampostería de una planta y cubierta a un agua a lo largo de toda la planta baja de la fachada. La fachada sudoeste o trasera presenta en planta baja, junto al esquinal derecho, una puerta con dintel ligeramente arqueado y dos saeteras en el lado izquierdo y en planta primera en la mitad del paño una ventana similar a las de la fachada principal y a su derecha un vano de construcción reciente. La fachada se encuentra degradada debido a la realización de una terraza de hormigón a la altura del primer piso con un cerramiento de bloque de hormigón en su base que oculta una saetera.
Interior[editar]
Pasando al interior, la torre se estructura mediante un cuadrado central marcado por cuatro postes de madera, que conforman un espacio central. En la bajo cubierta se aprecia la estructura de postes, con chavetas y pasadores de madera, es un espacio abierto de desván, mientras en la planta primera queda oculta la estructura y un pasillo entorno al centro de la vivienda da servicio a las distintas habitaciones, es la planta residencial de la torre y las ventanas originales tienen dos bancos de piedra labrados en el interior, uno a cada lado. En planta baja parte de la estructura central se realiza mediante dos postes de madera sobre poyos, mientras los otros dos postes son sustituidos por un muro de mampostería que a su vez divide la estancia en dos zonas, es el área de las cuadras y se aprecia el gran abocinamiento de los muros para servir a las saeteras.
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