SIGLO XV EN ESPAÑA
La batalla de Munguía fue un enfrentamiento librado en los últimos compases de las guerras de bandos en 1471 en torno a la villa de Munguía, Vizcaya.
Batalla de Munguía | ||||
---|---|---|---|---|
Parte de Guerras de bandos | ||||
Fecha | 27 de abril de 1471 | |||
Lugar | Munguía, Vizcaya | |||
Resultado | Victoria de la nobleza rural vizcaína | |||
Beligerantes | ||||
| ||||
Comandantes | ||||
| ||||
Fuerzas en combate | ||||
|
Antecedentes[editar]
Tras la muerte de su padre, Pedro Fernández de Velasco, II conde de Haro y Condestable de Castilla, pretendió hacerse con el Señorío de Vizcaya.1
Por aquel entonces, aunque el Señorío lo ostentaba el propio rey Enrique IV de Castilla, la Corona de Castilla no veía con malos ojos que un grande de la corte dominara el territorio. De este modo, el Conde de Haro entra por Álava, tomando Vitoria, y pese a ser rechazado en su intento de hacer lo propio en Villarreal de Álava, feudo de los gamboínos Abendaño, se internó en Vizcaya, tomando Balmaseda.
Ante este movimiento, su rival en la corte, Pedro Manrique de Lara, II conde de Treviño, consiguió reunir en Carrión de los Condes a las cabezas de los dos bandos rivales entre los que se alineaba la nobleza rural vasca, originaria de los siglos XIV y XV: Pedro de Avendaño, por parte de los gamboínos, y Juan Alonso de Mújica y Butrón por los oñacinos.
Ambos linajes, terriblemente enfrentados y protagonistas de episodios sangrientos como la quema de Mondragón en 1448 o la batalla de Elorrio de 1468, entre otras muchas escarazamuzas y conjuras, deciden reconciliarse y unir sus fuerzas ante la pretensión del Conde de Haro y su previsible pérdida de poder. 2 Los mismos protagonistas habían sido anteriormente desterrados por los desmanes y banderías cometidos en sus tierras de influencia.
La batalla[editar]
El enfrentamiento se produce en las inmediaciones de Munguía donde el contingente del Conde de Haro, en su mayoría compuesto por soldados de caballería, comienza enfrentándose a los parientes mayores y ataca el feudo de los Mújica y Butrón. La resistencia de éstos y la llegada de las fuerzas del Conde de Treviño decanta el enfrentamiento definitivamente en favor de la nobleza vizcaína.3 4
La resolución de la batalla y la consecuente retirada del Conde de Haro, obliga a Enrique IV de Castilla a acercarse con sus tropas a Orduña para reconciliar a los dos condes castellanos. En las siguientes décadas, los monarcas tenderán a posicionarse del lado de las villas y hermandades con el objetivo de pacificar los bandos y controlar el poder señorial en el territorio vasco.
La denominada "Bula de Simancas" fue una bula emitida por el Papa Sixto IV en 1471 que dispensaba de sus lazos de consanguinidad a los príncipes Isabel y Fernando, futuros Reyes Católicos de Castilla y Aragón, y por tanto daba validez religiosa (y por tanto jurídica) al matrimonio que estos habían contraído en 1469.
La bula fue llevada a España por el enviado del Papa, el cardenal Rodrigo Borgia. A cambio de la bula, Borja negoció con Fernando e Isabel que le concedieran la ciudad de Gandía a su hijo Pedro Luis. Isabel y Fernando cumplirían su parte del trato en 1485.
Se conoce con el nombre de bula de Rodrigo de Borja o bula Klemperer a un documento histórico emitido por el pontífice español Alejandro VI (su nombre de nacimiento fue Rodrigo de Borja, de donde toma el apelativo) siendo todavía cardenal, cuya versión impresa se llevó a cabo presumiblemente en la ciudad de Segovia en el verano de 1473, por lo que estaría considerada como el documento impreso más antiguo de España, lugar que se disputa con la Bula de Guinea para la catedral de Sevilla que se conserva en la Biblioteca Nacional de España, y que está calculada su emisión también en 1473.
Historia[editar]
Hasta el año 2007 el único ejemplar impreso conocido de esta bula era el que perteneció al alemán Victor Klemperer, descubierto por un librero anticuario en 1925 y que se perdió en el bombardeo de Dresde en 1945 durante la Segunda Guerra Mundial. El 22 de noviembre de 2007 fueron hallados cinco ejemplares más en el Archivo Catedralicio de Segovia, reutilizados para la encuadernación de dos incunables, únicos que se conservan en la actualidad de los 170.000 que pudieron llegarse a imprimir.
Fue promulgada en la congregación eclesiástica de Castilla y León, celebrada en Segovia entre enero y febrero de 1473, por Rodrigo de Borja cuando el papa Sixto IV le nombró legado pontificio en Castilla. Tuvo como fin recaudar dinero para la Cruzada contra el Imperio otomano, y por medio de ella la Santa Sede concedía indulgencia plena a las personas que contribuyeran económicamente en la causa.
Además de estos ejemplares impresos, se conservan al menos tres ejemplares manuscritos, localizados en el Archivo General de Simancas, que perteneció a Isabel la Católica; en la catedral de Toledo, perteneciente a la dama Constanza Fernández de Quirós, y en el Instituto Valencia de Don Juan, destinada a Leonor de Zúñiga, señora de Oropesa.
El Concilio de Aranda fue un concilio provincial convocado por el arzobispo de Toledo Alonso Carrillo de Acuña en el reino de Castilla —bajo el mandato de Enrique IV de Castilla— y celebrado en 1473 en la localidad castellana de Aranda de Duero (hoy provincia de Burgos, España). Se celebró en la iglesia de San Juan y se organizó para combatir la ignorancia y la vida disipada de algunos clérigos.1 Uno de los cánones del Concilio indica que no se debe ordenar a personas que no hablen Latín y aparecen otras normas prohibiendo los matrimonios clandestinos. 2 El Instituto Castellano y leonés de la Lengua ha publicado el texto original en latín del Concilio y una traducción al castellano, obra de Carlos Pérez González.345
Las sesiones preparatorias tuvieron lugar en el monasterio de San Pedro en la cercana villa de Gumiel de Izán, que pertenecía al señorío del conde de Castro. La sesión se inauguró con un discurso barroco muy propio de los hombres del Renacimiento, a cargo del arzobispo Carrillo en el que se muestra muy preocupado por su pueblo, lejos del intrigante político.6
En 2006 y 2007, una representación teatral realizada por actores aficionados, escrita por Miguel Gómez Andrea y dirigida por Miguel Nieto,7 recordó a nivel popular la celebración de este Concilio. Ya en 2013, dicho texto dio paso a la obra Aranda, 1473, escrita por Carlos Contreras Elvira y Félix Estaire, cuyo estreno no comercial tuvo lugar en el Centro Cultural de la villa ribereña el 25 de octubre de 2013,8 con gran éxito de público y bajo la dirección de Ana y Andrés García, quienes la siguieron dirigiendo sucesivamente en 20149 y 2015.10 En 2016, una nueva versión del texto firmada por los mismos autores y titulada Aranda, 1473. Paseable, adaptó sus cuadros al plano urbanístico del pueblo, posibilitando que la obra abandonara el teatro y pasara a realizarse en sus calles, uniendo la recreación de su trama con aquellos lugares históricos en los que se desarrolla.
La ley de Santa María de Nieva es el nombre que se le dio a una ley promulgada por el rey Enrique IV de Castilla durante la reunión de las Cortes de Castilla del 28 de octubre de 1473 en la localidad segoviana de Santa María la Real de Nieva.
Es la primera ley que reconoce ciertos derechos para las mujeres casadas en Castilla, poniendo límites a la libre disposición del marido de los bienes de su mujer en el caso que se enajenaran dichos bienes para perjudicarla o defraudarla.
Texto[editar]
El otrosí que los bienes que fueren ganados e mejorados e multiplicados durante el matrimonio entre el marido y la mujer que no fueren castrenses ni casicastrenses, que los pueda enajenar el marido durante el matrimonio entre el marido y la mujer si quisiere sin licencia y otro otorgamiento de su mujer y que tal contrato de enajenamiento val[g]a salvo si fuere probado que se hizo cautelosamente por defraudar y damnificar a su mujer.
No hay comentarios:
Publicar un comentario