SIGLO XV EN ESPAÑA
El Fuero de Oviedo, es un fuero otorgado a la ciudad asturiana de Oviedo por parte de Alfonso VI.
Historia[editar]
El documento fue realizado a raíz de la visita del monarca a la Catedral de Oviedo y la apertura del Arca Santa en ese mismo viaje. El escrito original no se conserva, teniendo referencias de él gracias un documento de Fernando IV fechado en 1295 en el que ve inscrito el Fuero otorgado en 1145 por Alfonso VII confirmando el anterior de Alfonso VI.
Texto[editar]
El fuero contemplaba dos facetas de gobierno, la parte político-organizativa y la parte sobre el Derecho Civil.
Leyes organizativas[editar]
En la parte organizativa indicaba :
...el cargo de merino recayese siempre en un vecino de la ciudad, no siendo obligatorio y teniendo únicamente el rey la potestad de deponerlo; que los habitantes de la ciudad fuesen sólo vasallos del Rey, siendo libre todo siervo del fisco real que se acoja al Fuero; la inviolabilidad del domicilio; la exención de la fonsadura excepto cuando estando movilizados todos los hombres de armas de los demás concejos, el Rey estuviese cercado o requiriese auxilio en combate; la igualdad ante la ley de magnates y vecinos llanos; la exención del servicio personal al que obligaba la posesión de tierras.
Derecho Civil[editar]
En la parte del derecho civil indicaba:
...que los propietarios de tierras fuesen libres de venderlas aun cuando abandonen la ciudad y que pudiesen testar siempre y cuando no privasen por completo de herencia a sus hijos.
El incumplimiento del derecho conllevaba una multa,
...castigándose el falso testimonio y el allanamiento de morada y considerándose eximente del cargo por agresión el haber sido injuriado por el agredido con los calificativos de cornudo, sodomita, traidor o similares. Se prohibía el procedimiento del embargo cuando el demandado prestaba fianza, se establecía la obligatoriedad de prestar declaración y se instituían la prueba caldaria y la prueba del duelo.
Otras disposiciones[editar]
El texto se completaba con disposiciones por las que se permitía el comercio libre de sidra y pan y castigar a los comerciantes que engañaran en las medidas.
El fuero de Sepúlveda fue un ordenamiento jurídico medieval por el que se regían los 39 municipios que integran la Comunidad de Villa y Tierra de Sepúlveda. Fue confirmado en 1076 por Alfonso VI de León y ratificado por el rey Fernando IV de Castilla en 1305. Su texto reproduce privilegios que datan de la época del conde Fernán González.
Su relevancia en el proceso de la Reconquista motivó que posteriormente fuera aplicado a otras localidades, como Roa o Uclés (1179) en el Reino de Castilla y Teruel (1172) en el Reino de Aragón.
La Unión de Aragón o Unión Aragonesa fue una liga de nobles e infanzones aragoneses para defender sus reivindicaciones comunes de clase contra el rey en las Cortes de Aragón de 1287. Se convertiría en uno de los grandes contrapesos al poder regio en el Reino de Aragón y en una clave para entender el desarrollo institucional del mismo.
Historia[editar]
La ausencia de nuevas perspectivas de tierras peninsulares al ser cedida la Reconquista de Murcia a Castilla por el Tratado de Almizra (1244), a cambio de la exclusividad de la expansión aragonesa por el Mediterráneo, generaron un gran desencanto entre la nobleza aragonesa, que se vio soslayada en sus intereses por la nobleza catalana.1 A lo largo de las cortes de 1265 y 1283, la clase nobiliaria aragonesa presionó por la aprobación de Privilegios Generales cada vez más amplios.
Apurado por los conflictos como la Cruzada contra la Corona de Aragón o la confiscación del Reino de Mallorca, el rey Pedro III de Aragón se continuó pidiendo a las cortes más financiación. Mientras, los nobles desafectos crecían y se planteaba que la incorporación del Reino de Sicilia a la corona había sido decidida sin la aprobación de aquellos que se veían obligados a pagarla. Los nobles crecientemente rechazaban el verse obligados a combatir fuera de las fronteras de su reino.2
Tras su muerte en 1285 y su sucesión por el joven Alfonso III de Aragón, los nobles aragoneses se agruparon durante diciembre de 1286. Una unión similar se formó en el reino de Valencia.
Los privilegios de la Unión[editar]
Los nobles descontentos protagonizaron una invasión de Valencia, luchando con fuerzas leales al rey hasta que el fraile dominico Valero, organizó una reunión en Zaragoza para el 20 de diciembre de 1287. El rey, debilitado por los acontecimientos, tuvo que ceder en diversas concesiones y garantizar lo que fue llamado privilegios de la Unión. Entre otras cosas, dichos provilegios la designaban "guardián de la ley aragonesa,3 daba muchos privilegios reales a la baja nobleza y debilitaba la autoridad regia.
De forma similar, se reforzaba la figura del Justicia de Aragón, que pasa a ejercer la justicia en el país por encargo regio.2 Se abre camino así a la existencia de un aparato legal profesional y a la especialación de la burocracia estatal, separándose de las atribuciones del Mayordomo del Reino de Aragón. El justicia es sin embargo elegido entre la nobleza y muestra partidismo en la persona de Juan Gil Tarín.2
Sin embargo, el gran poder que adquirió la nobleza con tales privilegios no satisfizo a muchos. La autoridad regia debilitada incentivó el caos y el aumento del poder nobiliario la servidumbre. Dante Alighieri colocó al rey Alfonso en su Purgatorio, por fomentar el caos4 y el propio rey admitió que con el privilegio "en Aragón había tantos reyes como ricoshombres."5 El poder de la unión creció ya que los privilegios impedían al rey actuar contra noble alguno sin autorización del justicia y las cortes y autorizaba la rebelión de incumplirse el privilegio. Para 1288, la Unión nombraba los consejeros regios.
La Guerra de la Unión[editar]
En 1301, el Justicia de Aragón, principal valedor de la ley foral aragonesa dictaminó contra los privilegios y aprueba legalmente la condena de aquellos nobles que se rebelen.2 Jaime II de Aragón intentó disminuir el poder de los nobles. Sin embargo, la situación se agudizó en el comienzo del reinado de Pedro IV de Aragón. En 1347 se enfrentó abiertamente a la Unión, a la que derrotó militarmente en la batalla de Épila (1348) acabando con su poder y sus privilegios. De forma simbólica, el rey rasgó y quemó los privilegios en el refectorio del convento que los dominicos tenían en Zaragoza.2
Legado[editar]
La lucha de la Unión fue sin embargo central al desarrollo institucional del reino. A pesar de su victoria militar, el rey Pedro IV intentó mantener un formalismo legal que equilibrara los distintos intereses. El historial de poder real limitado por figuras forales y la necesidad de mantener un compromiso con ciudades y nobles derrotados generó la revitalización de figuras como el Justicia de Aragón y el Baile General de Aragón. Esta figura influirá fuertemente en el desarrollo del modelo conocido como Fueros de Sobrarbe.
Los dos Privilegios de la Unión otorgados por Alfonso III de Aragón a la Unión Aragonesa en 1287 codificaban una serie de prerrogativas exigidas por un grupo fundamentalmente nobiliar que se erigió en representantes del Reino de Aragón.
El año 1286 los unionistas volvieron a plantear reivindicaciones, en la línea de las que lograron obtener de Pedro III, dirigidas esta vez a su hijo Alfonso. Comenzaron intentando buscar por cuenta propia una tregua con Francia y el papa, que había excomulgado a raíz de las Vísperas sicilianas al rey de Aragón, declarado una cruzada en su contra y ofrecido sus dominios a Carlos de Valois, que había iniciado la invasión de los condados catalanes. Para ello se conjuraron en Tarazona y Alfonso III, tras volver de Olorón de entrevistarse con el rey de Inglaterra, ordenó ejecutar a doce eminentes ciudadanos por considerarlos rebeldes. Tras ello se produjo una división entre los unionistas y los que se posicionaron a favor del rey, y comenzaron a organizarse en banderías y estallar conflictos armados, que afectaron principalmente a Zaragoza. Los unionistas aprovecharon la debilidad del rey para reclamar dos nuevos Privilegios de la Unión en 1287 por los que el rey debía jurar no aplicar castigos ni prender a los miembros de la Unión sin sentencia del Justicia y consejo de las Cortes. También se pedía que la convocatoria de Cortes fuera anual. Como garantía exigían la entrega de varias fortalezas a la unión y en el segundo privilegio se autorizaba a los súbditos a destronarle si no cumplía lo pactado. Se trataba de una imposición a un rey que se había denominado así antes de jurar los Fueros de Aragón, circunstancia que los unionistas alegaron en su favor y contra el monarca.1
El Privilegio General de 1283 había permitido iniciar el desarrollo de las Cortes aragonesas y la participación de los estamentos en la política, mientras que los de 1287 supusieron una rémora para las relaciones entre el rey y los representantes estamentales. Además, estos acuerdos fueron escasamente llevados a la práctica. Sin embargo, la aquiescencia del monarca le permitió obtener el apoyo de los magnates aragoneses de la Unión para combatir la invasión del Ampurdán en 1288. Este apoyo al monarca continuó tras la muerte de Alfonso III, cuando hubieron de defender la frontera con Castilla de los ataques de Juan Núñez I de Lara y continuó en el reinado de Jaime II el Justo, a quien devolvieron los castillos otorgados en prenda por los privilegios obtenidos en 1287.2
Los Privilegios de la Unión fueron confirmados en las Cortes de Zaragoza en 1347, en medio de una intensa confrontación entre el rey Pedro IV y los partidarios de la Unión. La Unión volvió a tomar las armas y fue finalmente derrotada en la Batalla de Épila, tras lo que el rey convocó unas nuevas Cortes de Aragón en las que los dos Privilegios de la Unión fueron derogados y se ordenó la requisa y destrucción de todas las copias existentes,3 salvándose solo las depositadas en el archivo arzobispal de Zaragoza y en el Monasterio de Poblet.
El Privilegio General de Aragón fue un acuerdo establecido en 1283 entre representantes de la nobleza y las ciudades del Reino de Aragón y Pedro III el Grande por el que este se comprometía a respetar una serie de privilegios y fueros, y a no tomar decisiones en política internacional sin consultarlo en las Cortes de Aragón.
En el contexto de la intervención del rey de Aragón en Sicilia en las conocidas como Vísperas sicilianas de 1282, y la excomunión que sufrió Pedro III , un grupo de aragoneses cuestionaron la acción unilateral de su rey y se conjuraron en asambleas en Tarazona y Zaragoza, contando con la representación de importantes villas y ciudades de Aragón, entre las que se encontraba Zaragoza, constituyéndose en la conocida Unión aragonesa y pidieron al rey que se les convocara a Cortes y aceptara las condiciones recogidas en un documento denominado Privilegio General de Aragón, que contenía exigencias de la nobleza y los representantes urbanos del reino. Estas consistían en una serie de fueros y privilegios del estamento nobiliar que debían ser respetados por el monarca.
Si bien los nobles impulsores de la Unión se erigían en representantes de los aragoneses y de sus fueros, lo cierto es que la aceptación del rey de estas imposiciones suponía una victoria para el estatus de la aristocracia aragonesa, más que la defensa de los intereses del pueblo.
En todo caso, esta convocatoria de Cortes a la que se vio forzado el rey de Aragón supuso institucionalizar estas asambleas, que se pretendían periódicas (anuales, aunque este punto no se llegó a cumplir) y que se regularizaron en su funcionamiento y competencias solo a partir de estas de 1283, y con diferencias de pocas semanas, también en el condado de Barcelona y el reino de Valencia.1 En este sentido, los acontecimientos que rodearon el Privilegio General supusieron el paso del deber de los vasallos de dar consejo al rey, al derecho, como representantes de los estamentos, a participar en la política de la Corona.
No hay comentarios:
Publicar un comentario