martes, 10 de agosto de 2021

HISTORIA DE ESPAÑA

 SIGLO XV EN ESPAÑA

Reinos de Indiasde las Indias o reinos castellanos de Indias son denominaciones de las entidades políticas que se conformaron en la América española, los diversos territorios de "las Islas y Tierra Firme" incorporados jurídicamente a la Corona de Castilla tras el descubrimiento y la conquista española de América, y que desde entonces hasta su independencia formaron parte de las posesiones dinásticas de la Monarquía española. La utilización de diferentes denominaciones (como "reinos" o "virreinatos") no implicaba de hecho ningún tipo de diferente condición jurídico-política dentro de la organización administrativa de la colonización española de América.

Isabel I de Castilla, Reina de España e Indias, apelada la Católica.

Orígenes[editar]

Que las Indias Occidentales estén siempre unidas a la Corona de Castilla, y no se puedan enajenar. Por donación de la Santa Sede Apostólica y otros justos y legítimos títulos, somos señor de las Indias Occidentales, Islas y Tierra firme del mar Océano, descubiertas y por descubrir y están incorporadas en nuestra real corona de Castilla. Y porque es nuestra voluntad, y lo hemos prometido y jurado, que siempre permanezcan unidas para su mayor perpetuidad y firmeza, y prohibimos la enajenación de ellas.
Recopilación de leyes de los reinos de Indias (1519, 1520, 1523, 1547, 1536 y 1680)1

El fundamento jurídico de su condición política se basa en una donación pontificia hecha en favor de los Reyes Católicos, a partir de una solicitud de ellos mismos, por el papa Alejandro VI. La Iglesia, representando a la cristiandad, cede a los monarcas españoles los territorios descubiertos y por descubrir en el Nuevo Mundo. Los reinos de Indias pasaron a ser entonces reinos distintos del reino de Castilla, así como lo eran también otros reinos vinculados a la corona de Castilla.

De esta forma, los reinos castellanos de Indias, que incluye sus territorios por descubrir, serán reinos propios de la corona de Castilla, pero no del reino de Castilla. De manera que el reino de Castilla se convierte en una jerarquía administrativa superior pero no tiene el dominio de las Indias. Los reinos de Indias se hallaban en una situación intermedia entre una absoluta igualdad con Castilla y una total subordinación:

  1. No estaban unidos al reino de Castilla como León y Galicia, porque no participaban en sus Cortes legislativas y sus administradores no fueron miembros del Consejo de Castilla. Aunque las Indias contaban con un derecho propio especial, el indiano, y con organismos administrativos propios, el Consejo de Indias.
  2. Tampoco eran equivalentes a los reinos distintos al de Castilla, como Navarra y Aragón, porque no tuvieron Cortes (sino un Concejo administrativo) ni un derecho exclusivo (sino uno propio especial, pero no exclusivo, porque el derecho de Castilla se aplicaba subsidiariamente).

Evolución histórica[editar]

Recopilación de Leyes de los Reynos de las Indias, 1680; 1ª ed. de 1681.

Los Reyes Católicos consideraron las Indias como patrimonio personal suyo y, en cuanto tal, dispusieron que a su muerte se incorporaran a la Monarquía. De este modo, se convirtieron en tierras de realengo. Después su sucesor Carlos I desde 1519 las declaró inalienables, de manera que nunca pudieran separarse del reino de Castilla, ni divididas en todo ni en parte, ni sus ciudades ni poblaciones.

Siglos más tarde, a partir de la segunda mitad del siglo XVIII los territorios indianos perderán sus organismos administrativos propios que los caracterizaban, y según el vocabulario europeo adoptado por Carlos III, empezará a darse uso a ‘Colonias’. De esta forma en el ‘informe y plan de Intendencias’ para Nueva España, elaborado por José Gálvez y el Virrey de Croix en 1768, se pretende ‘uniformar el gobierno de estas grandes colonias con el de su metrópoli’. Siendo este el primer documento que se conoce en el cual se redefine con esas palabras la nueva situación de los reinos castellanos de Indias.

Pocas décadas después el fugaz Estatuto de Bayona de 1808 [1], que establece a José Bonaparte como rey de las Españas y de Indias, y unos años después la misma Constitución española de 1812, marcan el final de la relación jurídica especial de Indias otorgada siglos antes por la propia legislación indiana. La constitución de 1812 [2] termina suprimiendo los reinos castellanos de Indias, e incorporándolos al Reino de las Españas, con la representación que les otorga en dicha constitución.

De esta forma el patrimonio americano y europeo de la monarquía española termina siendo afectado tanto por el proceso independentista hispanoamericano, como por el proceso constituyente español que va parejo, ambos procesos darán lugar a los nuevos estados nacionales que se forman en Europa y América, y ambos procesos pertenecen al periodo de Revolución Liberal.






El Señorío de Olmedilla fue un señorío español ubicado en tierras de Cuenca, fue concedido tras la conquista de Cuenca por el rey Alfonso VIII de Castilla sobre una villa conquense, entre el antiguo Reino taifa de Toledo y la actual provincia de Cuenca.​ El señorío continuó vinculado a la Casa de Manuel de Villena que lo engrandeció y convirtió en parte de un mayorazgo, llegando a obtener Juan Manuel, diversas prevendas y privilegios como Señor de Olmedilla, el línaje alcanzaría el título de grande de España en 1520, por los servicios prestados a la corona por sus ancestros. Una vez extinguida la rama principal de la Casa de Manuel, el señorío pasó a ramas colaterales, ostentándolo sucesivamente los titulares de los línajes de Esteban Herranz y el de Duque-Nieto en el siglo XIX, para finalmente entrar en la casa de Alcázar en donde se desmiembra ya en el XX, por el sinsentido de estar ya abolidos desde hacia unas décadas oficialmente todos los señoríos. Siendo por tanto Juan Alcázar Duque-Nieto, el que fue el último señor de Olmedilla por serlo por continuidad, pese a su disolución en tiempos de la monarquía de Alfonso XIII de España.

Historia[editar]

Otorgado como reconocimiento a los esfuerzos del linaje, este suponía una serie de privilegios de nobleza e hidalguía para ellos y sus descendientes, entre otros el uso de un escudo heráldico y también la vigilancia y apoyo del recién creado Obispado de Cuenca. Aunque durante mucho tiempo se creyó que había sido constituido según el derecho germánico sálico, estudios posteriores acreditaban que era su esencia jurídica eminentemente castellana pues sus orígenes lo eran en tiempos del rey Alfonso VIII, el de las Navas, quien tomó las tierras de Cuenca en 1166, rodando el señorío por caballeros de la familia regia originalmente y lo que refuta en singular forma la historia señorial de Castilla, en la que tanto hombres como mujeres tenían derecho a recibir en herencia la cuota que les correspondiera, solapando propiedad y jurisdicción señoriales. Así lo recibieron para sus descendientes, sin distinción entre varones y hembras, la casa del infante Don Manuel de Castilla, pasó a su hijo y así sucesivamente las tierras de origen, ampliadas o disminuidas durante la duración de su vida e historia.

El territorio jurisdiccional original de la villa de Olmedilla, se agrupó durante algunas generaciones junto a otras villas en lo que se conoció como el infantazgo de Villena, amplísimo en su origen, fue reduciéndose por distintas circunstancias y herencias hasta las pocas hectáreas con que contaba en 1900. Se trata de uno de los pocos señoríos que sobrevivieron a los avatares de las aboliciones del siglo XIX, que comenzarón con lo promulgado en la Constitución de Cádiz de 1812, adaptándose a los tiempos y circunstancias esquivos y olvidando arcaicos derechos jurisdiccionales, pero manteniendo su identidad y arraigo en su zona, así como sus tradiciones, finca y su singular privilegio de hidalguía. Los privilegios de hidalguía y uso de armas concedidos en un principio a sus señores han sido confirmados por todos los distintos reyes de España hasta don Alfonso XIII de España.

Ascendencia Primitiva[editar]

La Casa de los señores de Olmedilla tienen su origen en el mismo tronco real de Castilla, según apunta Luis de Salazar y Castro, en la casa de Manuel, que es sobradamente bien conocida, nos encontramos con José Pérez Manuel hijo segundón de Pedro Juan José Manuel de Lara regidor de la villa en 1693, que acudió a la lucha contra Francia. Tuvo un hijo Felipe José Manuel, que vendió una heredad en el sitio llamado Los higares en 1719​ y en el documento se declara hijo de D. José Pérez Manuel. Sin embargo, el medievalista Carlos Estepa Díez opina que aunque hubo emparentamiento entre ambos linajes, el de «Manuel» no sabemos si llega por línea femenina, predominó en la descendencia como señal de obstentación del poder territorial, siendo todavía algunos parientes de la provincia los que ostentan el apellido y no se sabe si ante la falta de varón recuperaron en algú momento el mismo a imitación de muchas otras casas nobles, ya que al ser por varias ramas nobles, esto lo conocían desde antiguo, siendo así la rama que nos trae a los Señores de Olmedilla con amplio mayorazgo y potestad.

Matrimonios y última descendencia[editar]

En las investigaciones recientes apareció un excepcional documento fechado el 12 de mayo de 1896 que nos da una idea de sus cuantiosas propiedades y derechos, como datos sobre su matrimonio y descendencia. Se trata de la partición de los bienes que quedaron por fallecimiento del último señor consorte de Olmedilla, quedando entre sus herederos. Según este documento, Lorenzo Alcázar y Huete, militar de la guardia civil desde hacia décadas, fallecido en servicio, y razón de que sus hijos nacieran en diferentes ubicaciones de la provincia de su destino Cuenca, se casó en 1872 con la hija mayor y heredera Catalina Duque-Nieto y E. de Herranz, tuvieron la siguiente sucesión que poseyeron muchos heredamientos en la zona de Cuenca al revertir las herencias de ambas familias en ellos:

1 Nemesio Alcázar Duque-Nieto suboficial de policia local, nacido en 1873 casado con Victoriana Poncella. Con descendencia femenina. 2 María Baltasara Alcázar nacida en 1874, casada con M. Taravilla, con descendencia femenina. 3 Antonio Alcázar nacido en 1878, casado con María Lecanda Cobo, con descendencia. 4 Juan Timoteo Alcázar Duque-Nieto nacido en 1884, casado dos veces, ambas sin descendencia. Heredero de los derechos de Olmedilla. 5 Candido Alcázar nacido en 1887, con descendencia.

Partición de sus bienes[editar]

Por ser costumbre a la muerte del padre, su madre hizo donación de buena parte de sus bienes, la partición fue la siguiente, el resto lo repartió antes de fallecer en 1938.

1 Nemesio Alcázar Duque-Nieto, recibió como hijo mayor en la partición los bienes correspondientes a la familia paterna en Huete, que naturalmente vendió para labrarse un futuro como joven suboficial de la policía urbana de Madrid. La gente de está rama vendieron todos sus heredamientos antes de 1936, manteniendo solo sus nuevos bienes en Madrid. Tuvo hijas y algún nieto como herederos. 2 Mª Baltasara, heredó las propiedades de su madre en el sur de Madrid, incluyendo una finca llamada Las vistillas. 3 Antonio, recibió el lotecillo de propiedades en Cabrejas, herencia de su familia, renunciando a los otros heredamientos, excepto un solar comprado en tiempo de sus abuelos maternos, que luego vendería, más otra propiedad de su mujer en Tezanos-Cantabria que dejaron a sus herederos. 4 Juan, recibió de su abuela la casa y finca de Valdeolivas, herencia de los Duque-Nieto con todos sus derechos y pertenencias, salvo lo que fue la tierra y la casa de su hermano Antonio, las propiedades de Baltasara herencia de los E. de Herranz, que luego les compró y que les correspondían en reparto. Es mencionada su segunda mujer, así como sus hermanos y sobrinos en su testamento a su muerte en 1954 y la repartición de su herencia al no tener hijos. 5 Cándido, el hijo pequeño, llamado el mozo, vivió por el suceso de la muerte de su padre a tutela de su madre hasta que se casó ya en 1923, con una dama hijosdalgo de ascendencia en Toledo, Doña Juana Suárez de Bustamante y Torres. Al haber fallecido antes que su hermano Juan, sus dos hijas fueron las herederas de su parte.

Archivo[editar]

El Antiguo e Ilustre archivo del obispado de Cuenca dispone de un importante fondo histórico compuesto por las diferentes concesiones reales desde las concedida por los Reyes Cristianos de Castilla hasta las actuales, diversa correspondencia y los Libros Becerros. Tradicionalmente esta documentación se aseguraba en un archivo en la propia Casa de Manuel de Villena.

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