ANTIGUO RÉGIMEN
Los juros son la primera versión de la deuda pública en la Corona de Castilla. Conocidos desde el siglo XIII, su colocación a cambio de numerario (dinero efectivo) no se inició hasta el XIV. Hay tres clases de juros: vitalicios, perpetuos y al quitar, estos dos últimos idénticos en la práctica, puesto que nunca se amortizaban los juros al quitar. Los vitalicios se cancelaban sin amortización, habitualmente al cabo de dos vidas, por lo que su interés era superior (12,5 y 14,3 %).
Un juro no puede considerarse un título, sino más bien un certificado. Era un papel por el que se definía un privilegio a favor de la persona citada en él. Esta persona declaraba entregar al rey un capital y, a cambio, el rey le concedía el privilegio de cobrar una parte de determinados impuestos de la Renta feudal, citados en el documento, hasta una cantidad prefijada.
Al no haber unidad de tesorería, pues los impuestos eran territoriales, el pago de la deuda seguía de modo inmediato al cobro de la renta mediante la fórmula del Situado, por el que se concedía al titular el derecho a recibir sus intereses sobre una contribución y un lugar determinado. La diferencia de solvencia y previsión de cobro de cada renta o lugar explica el interés por mudar, o sea trasladar la situación de la deuda de rentas de menor garantía a rentas de previsible mayor garantía. Dos juros, pues, no eran iguales, porque los impuestos a los que estaban vinculados podían tener diferentes perspectivas de recaudación.
Tras la famosa quiebra de Felipe II a la muerte de su padre Carlos V, con la suspensión del pago de los asientos (17 de abril de 1557), el arreglo de la deuda procedente de los asientos impagados se pudo llevar a cabo recurriendo a la creación masiva de juros. Las Cortes de Toledo de 1559-1560 lograron la constitución de una junta de medios que elaboró un estudio sobre el valor de rentas y situados, con vistas a su consolidación. El total debía acercarse a 10 000 millones de maravedís, y la masa anual de intereses superaba los 550 millones. La deuda flotante y los atrasos suponían 1950 millones. El decreto de 14 de noviembre de 1560 consolidó el sistema al pagar a los asentistas con juros al 5 %, que se elevaban al 7,1 % en el caso de los mercaderes y particulares perjudicados por el secuestro de las partidas procedentes de América. La inseguridad del sistema, dependiente de tales rentas de percepción irregular, parece un precedente de otras situaciones posteriores, como el caso de Law en la Francia de comienzos del siglo XVIII.
Los juros tuvieron una prolongada vida que permitió con muchos altibajos mantener la Hacienda de la Monarquía Hispánica hasta el final del Antiguo Régimen. El primer tercio del siglo XIX, con la Guerra de Independencia Española, la Independencia Americana y la Guerra Carlista hundieron definitivamente el crédito público que solo pudo recuperarse con la desamortización.
Libros verdes fue como se denominó a las obras genealógicas que sacaban a relucir las manchas de un linaje o una casa nobiliaria. Sobre todo surgieron en el siglo XVII motivadas por el rencor de su autores o por mera curiosidad. Resultaron ofensivos en cuanto se ponía en entredicho la limpieza de sangre de un cristiano viejo o de su familia al hacerla descender de judío o moro converso, poner de relieve amancebamientos con mujeres de mal vivir, matrimonios desiguales y bastardías originadas por nobles o eclesiásticos.
Surgieron en sentido contrario a la dirección recorrida por la genealogía que, desde antes del siglo XVI hasta el XVII, además de ser abundante y adulatoria, adolecía de una fabulación tan exagerada, fruto de amasamientos y desfiguraciones de obras originales, con el deseo de remontar una estirpe a orígenes lejanos, acreditar servicios extraordinarios, probar descendencia de godos, o remontarse a Adán y Eva.
Los libros verdes, a pesar de conservarse en numerosas copias, fueron perseguidos e incluso mandados destruir por la autoridad, dada su naturaleza difamatoria; caso del Libro Verde de Aragón en 1623. Igualmente la autoridad prohibió dar crédito en instrumentos y expedientes al Nobiliario Genealógico de Alonso López de Haro, que fue publicado en 1612-22 con el título Nobiliario Genealógico de los Reyes y títulos de España. Los papeles genealógicos del cronista Tamayo de Vargas se mandaron recoger a su muerte por “contener noticias perjudiciales a los linajes”; o por atacar al gobierno –según Pellicer-.
El libro verde más famoso y divulgado fue el Memorial de 1560 (Burgos) dirigido al rey Felipe II por el cardenal Francisco de Mendoza y Bobadilla (1508-1566) que fue publicado en el siglo XIX con el nombre de El Tizón de la Nobleza Española o máculas y sambenitos de sus linajes, contando con la descalificación de reputados genealogistas. En él se afirmaba por ejemplo que la mayor parte de la nobleza descendía (por los matrimonios entre ellos) de un judío converso almojarife de la reina Urraca de Castilla llamado Ruy Capón, de una "doncella de alegre vida" llamada Isabel Droklin, manceba del obispo Pedro de Castilla e hija de un albañil inglés y de una "tal espulga-manteles”, o una "Isabel de Tal" luego nombrada de Meneses.
En la actualidad se ha vuelto publicar esta obra en Madrid, 1992; en Valencia, 1995; y en París-Valencia, 2005.
El Tizón de la Nobleza española de Francisco de Mendoza y Bobadilla[editar]
El prologuista anónimo de 18804 escribe la causa de tal escrito: En 1560, hubo de hacerse merced de un hábito de orden militar a un sobrino del cardenal Mendoza, y el tribunal de las órdenes, donde estaba “l’élite” de la nobleza, se opuso, aunque indirectamente a la provisión, obligando al agraciado á hacer expediente ó probanza de limpieza de sangre, que no sabemos qué sombra ó mancha de su linaje. El mortificado sobrino comunicó á su tío el cardenal el agravio hecho en él a toda la familia, y entonces el prelado recurrió al rey ajustándoles las cuentas á todos los nobles de España para nivelar, por decirlo así, el cargo con data. También indica cómo Mendoza prevaleció sobre la revancha de sus enemigos, y continúa realizando su biografía en tono casi laudatorio.
El Cardenal inicia el Memorial5 considerando el injusto agravio realizado sobre su sobrino el Conde de Chinchón por los nobles, y dice: Y siendo los caballeros, duques, condes y marqueses los que ilustran la republican y las flores del rosal en que todos se miran, me admira también y es de extrañar que haya tanto rencor entre ellos; que en pechos nobles es infamia y motivo de murmuración y de escándalo entre la gente del pueblo, que pueden decir que son más noble que los príncipes cuyos abuelos no se conocen ni se hace memoria de ellos para nada.
Y si se entendiera la vista á la naturaleza y bastardía, palabras blasfemas y actos secretos de la Inquisición, fuera poder infinito, y leyendo á los sagrados escritores, que son espejo de la Iglesia, se vería como muchas cosas tocante a este intento. Más como la brevedad de este memorial lo pide, no se puede sacar la lengua á todo, sino suplicar á V. M. humildemente mire con atención tantos y tantos príncipes y señores, condes, marqueses y caballeros, como ilustran los siguientes pliegos.
La obra está organizada así: un prólogo, la biografía, el Memorial propiamente dicho, y un epílogo final en cuatro partes: "consecuencias”, “linaje del cardenal Mendoza”, “aleluyas” y “por un hábito”. El memorial consta de:
-Primera parte. Máculas de los más altos linajes. Descendientes de…
-Segunda parte. Sambenitos
-Conclusión del Memorial el 20 de agosto de
A lamuerte del Cardenal, ocurrida en 1566, el Presidente del Consejo de Castilla Diego de Espinosa, mandó recoger secretamente todos sus papeles genealógicos al corregidor de Burgos, Juan Delgadillo.6
En los papeles de Rmo. Cardenal que Dios perdone, podría ser que estuviesen un libro y otros papeles, así de su linaje y descendencia como de otros destos reinos de que se tiene alguna noticia que él trataba y escribía en su vida, los cuales converná mucho al servicio de Dios y de su Majestad, que estos se recojan y tomen a su mano y que no se traten por otros de que se podría seguir algún inconveniente. Y así para este caso, será bien que VM con disimulación tome trabajo de ir a la Villa de Arcos y si estuviere hecho inventario de sus papeles, tomar los que hallare en este propósito, y si no lo estuviere, hacer la diligencia en los scriptorios que tuvieren papeles y lo que VM hallare allí o en Burgos melo envíe cerrado y sellado y a buen recaudo. Y converná que VM haga esta diligencia sin sonido. A la señora doña Catalina beso las manos y Nº Sr. guarde la muy magnífica persona de VM en su servicio. De Madrid, 2 de diciembre de 1566.Servidor de VM El licenciado Diego de Espinosa.
El lugarteniente del reino de Aragón o lugarteniente general fue un cargo de la Corona de Aragón que empezó a usarse en 1365 por la que el rey delegaba temporalmente, generalmente en la persona que estaba en el puesto más alto para ser su sucesor, sus poderes y atribuciones reales (gobierno y justicia) en determinados territorios, durante su ausencia.
De esta forma, por voluntad del rey, por ausencia o por incapacidad para gobernar, el lugarteniente general hacía las veces del rey (gerens vices) en su lugar (locum tenens), teniendo plena jurisdicción civil y criminal, pudiendo convocar Cortes o promulgar constituciones y fueros.1
Esta figura también fue un instrumento de la potestad del rey en los diferentes territorios de la Corona de Aragón, llagando a constituir una especie de alter-ego del monarca en esos territorios. A lo largo del siglo XV, el término, con similares características, va siendo sustituido, según el territorio, por el virrey, con similares características, donde en documentos de la Corona de 1428, aparece en latín un "vice rex" para referirse al virrey de Sicilia.2 Fernando el Católico instituyó el cargo de lugarteniente general en toda la Corona de Aragón.
Lugarteniente General del Reino (en francés: Lieutenant Général du Royaume) fue un título o cargo que existió en Francia durante el Antiguo Régimen y durante la Restauración borbónica, y en España (bajo la forma Lugarteniente del Reino durante el reinado de Carlos II1 –añadiéndose el "General" ya durante la ocupación francesa—) y que era entregado por el rey a un personaje importante en situaciones de crisis, para que ejerciera en su nombre el poder real.
En Francia[editar]
- Charles de Melun, fue gran maestre de Francia y ejerció las funciones de condestable de Francia; fue decapitado el 20 de agosto de 1468.
- François de Guisa, duque de Guisa, en 1558 y 1560.
- Enrique de Valois, duque de Anjou (futuro Enrique III de Francia), en 1567.
- Carlos de Lorena, duque de Mayenne, en 1589.
- Cardenal Richelieu, en 1629.
- Carlos de Borbón, conde de Artois (futuro Carlos X de Francia), en un primer mandato desde el exilio (1793-1795) y en un segundo mandato, ya como lugarteniente general efectivo (1814).
- Luis Felipe de Orleans (futuro Luis Felipe I), en 1830.
En España[editar]
Corona de Aragón[editar]
El Lugarteniente General del Reino (locum tenens) fue un cargo temporal incorporado a la Corona de Aragón en 1365 por la que el monarca delegaba en él sus poderes y atribuciones reales (gobierno y justicia) en determinados territorios, durante su ausencia. Era una especie de alter-ego y en los primeros tiempos sobre todo solía recaer en el primogénito u otras personas de la familia real.
Esta figura existió para Cataluña, Aragón y Valencia. En el siglo XV, dependiendo del territorio, el término, con similares características, va siendo sustituido, según el territorio, por el virrey, donde en documentos de la Corona de 1428, parece en latín "vice rex" para referirse al virrey de Sicilia.2
Monarquía Hispánica[editar]
Ya a partir de los Reyes Católicos, y en la Monarquía Hispánica, el título que adquirirá más auge será el de virrey, aunque se seguirá conservando en determinados casos, como:
- El cardenal Luis Fernández Portocarrero, consejero de Carlos II de España durante su reinado, fue nombrado por el rey Lugarteniente del Reino, cargo que ejerció desde el 29 de octubre hasta el 1 de noviembre de 1700, fecha de defunción del soberano.
- Joaquín Murat, militar y noble francés, cuñado de Napoleón Bonaparte, ejerció el cargo de Lugarteniente General del Reino del 4 de mayo al 20 de julio de 1808, hasta la llegada a Madrid de José I.
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