ÉPOCA MEDIEVAL
Historia[editar]
Según Joseph Pérez, el delito de solicitación "venía de lejos y estaba muy extendido. Por más que el concilio de Trento recomiende la instalación de confesionarios para evitar tentaciones, su uso tardará en generalizarse".1 Como ha recordado Henry Kamen, con anterioridad al uso del confesionario, que "no se utilizó en la iglesia hasta fines del siglo XVI", "no había ninguna barrera física entre el confesor y el penitente, así que había ocasión de que se suscitara el pecado con cierta facilidad".2 Este mismo historiador cita el caso del cura párroco de Beniganim en el Reino de Valencia que fue juzgado en 1608 por haber solicitado a 29 mujeres, la mayoría solteras, "con palabras lascivas y amorosas para actos torpes y deshonestos".3
En principio el delito fue competencia de los obispos, pero en 1559 el arzobispo de Granada Pedro Guerrero propuso que pasara a la jurisdicción de la Inquisición española, ya que la solicitación suponía una burla del sacramento de la penitencia y, por tanto, era un atentado contra la fe, lo que la hacía equivalente a la herejía. El inquisidor Fernando de Valdés aceptó la idea e incluyó la solicitación como delito del que debe ocuparse la Inquisición en las Instrucciones de 1561 —tras obtener la autorización del papa Pío IV—.3 Un breve del papa Gregorio XV del 30 de agosto de 1622 confirmó la jurisdicción del Santo Oficio.1
A partir de 1561 la solicitación se incluye en la lista de delitos enunciados en los edictos de fe alentando a los creyentes a que lo denuncien. En el siglo XVIII, cuando los delitos de "herejía" que habían sido objetivo preferente en los dos siglos anteriores prácticamente desaparecieron, la Inquisición se ocupó más de los "temas menores", como la blasfemia, el curanderismo, las beatas, las supersticiones y otras transgresiones de la moralidad católica, entre las que se encontraba la solicitación.4
Según Emilio La Parra y María Ángeles Casado, el delito de solicitación "preocupó muchísimo a los inquisidores durante el siglo XVIII",4 lo que confirma Henry Kamen.5 Sin embargo, según Joseph Pérez, "los tribunales inquisitoriales se mostrarán muy indulgentes con los sacerdotes acusados de solicitación, ya que no desean dar demasiada publicidad a este tipo de delitos".6 Henry Kamen, por otro lado, afirma "que a menudo la culpa recaía sobre la penitente".3
Se calcula que entre 1700 y 1820 fueron denunciados 660 confesores, una "cifra que puede ser considerada poco significativa", pero que "sí lo es si se tiene en cuenta que, por razones obvias, muchos casos quedaron encubiertos y que el delito se perpetraba con ocasión de la administración de un sacramento. No hay que pasar por alto, por lo demás, que también se dieron casos de solicitación fuera del confesionario, de modo que el número real de clérigos comprometidos en esta infracción fue probablemente muy superior".7
La instrucción Crimen Sollicitationis[editar]
En 1962 el papa Juan XXIII aprobó la instrucción Crimen sollicitationis (en español "delito de solicitación") en la que la Sagrada Congregación del Santo Oficio (actualmente "Congregación para la Doctrina de la Fe") fijaba los procedimientos para afrontar casos de clérigos (sacerdotes u obispos) de la Iglesia católica acusados de hacer uso del Sacramento de la Penitencia para llevar a cabo acercamientos de índole sexual con los fieles, así como los correspondientes castigos por estos actos; las normas que establecía eran más concretas que aquellas incluidas en el Código de Derecho Canónico. En ella se recordaba que el penitente víctima de este delito estaba obligado a denunciar en sede eclesiástica al confesor que le hiciera proposiciones deshonestas. De acuerdo con el canon 2368 § 2 del Código de Derecho canónico de 1917, entonces en vigor, la omisión de esta obligación estaba castigada con excomunión latae sententiae que, además, no podía ser remitida si no se denunciaba al confesor delincuente. Los nn. 16 al 19 de la Instrucción Crimen sollicitationis recordaban esta obligación del penitente ofendido y alentaban a cualquier fiel que tuviera noticia cierta de este delito a denunciar al confesor delincuente. Este documento obligaba al silencio a los miembros del tribunal y al Ordinario reforzándolo con las graves penas canónicas. También imponía juramento de silencio a las propias víctimas, los denunciantes y los testigos, aunque sin imponer sobre los mismos aquellas sanciones mientras no hubieran sido expresamente advertidos.8 La víctima también era apremiada a denunciar el delito, aunque únicamente ante el orden canónico.9
En 2001 y con motivo de la publicación del Código de los Cánones de las Iglesias Orientales (1990) y el Código de Derecho Canónico de 1983 —que reemplazaba al de 1917—, el Crimen sollicitationis fue revisado con la epístola De delictis gravioribus.
El obispo de Roma Juan Pablo II, el 30 de abril de 2001, promulgó el Motu Proprio Sacramentorum Sanctitatis Tutela, estableciendo determinados delitos que por su gravedad debían ser enjuiciados a través de la Congregación para la Doctrina de la Fe. Entre aquellos se incluyó el delito de solicitación contra el sexto Mandamiento cometido por un sacerdote durante la confesión o con ocasión o con pretexto de ella.10
El 23 de mayo de 2021 se aprobó modificar a partir del 8 de diciembre del 2021 el libro VI del código de derecho canónico11 que regula la inclusión de los fieles laicos como autores de un delito de abusos cuando éstos gocen de una dignidad o ejerciten un oficio o una función en la Iglesia y cometa un delito contra el sexto mandamiento.
El tormento del agua, toca o cura de agua es una modalidad de tortura que consiste en atar al prisionero a una escalera inclinada o a un bastidor, con la cabeza más baja que los pies, introducirle un paño (o toca) en la boca y a continuación y lentamente echarle con un cántaro, agua que debía tragar hasta que reventara.
Historia[editar]
Fue uno de los tres procedimientos de tortura más empleados por la Inquisición española junto con la «garrucha» y el «potro». Para verter el agua sobre la boca se utilizaba un cántaro de algo más de un litro de capacidad. Según las Instrucciones que debían cumplir los inquisidores —debían estar presentes en la sesión de tortura junto con el escribano forense y el verdugo— no se podían administrar a un prisionero más de ocho cántaros en una misma sesión. Con este método de tortura no se incumplía una de las "reglas" de la tortura inquisitorial: que se derramara sangre o se mutilara al acusado.2
Según un tratadista castellano del siglo XVII el tormento de la toca consistía en "meter al reo una toca por el gaznate... y con ella para que entre en el cuerpo, le echan algunos cuartillos de agua".
Francisco Vicente de Tornamira (Tudela,1534 – 1597) fue un astrónomo y cosmógrafo español. Natural de Tudela (Navarra), fueron sus padres Juan de Tornamira y Luisa Vicente. Adoptó como primer apellido el de su madre y, de esta manera, firmaba sus escritos como Francisco Vicente de Tornamira.
Francisco Vicente de Tornamira | ||
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Información personal | ||
Nacimiento | 1543 Tudela (Reino de Navarra) | |
Fallecimiento | 24 de agosto de 1597 Tudela | |
Lengua materna | Español | |
Familia | ||
Padres | Juan de Tornamira y Luisa Vicente | |
Información profesional | ||
Ocupación | Astrónomo | |
Área | Astronomía, Cosmografía, Astrología | |
Firma | ![]() |
Vida[editar]
Se estima que los Tornamira procedían de la Auvernia y, en Tudela, pronto constituyeron un grupo influyente por sus actividades comerciales y la participación en la política municipal. 1
Francisco Vicente de Tornamira debió de recibir una educación esmerada. En la dedicatoria de su Chronographía al Marqués de Falces, afirma que "no tiene los grados de ciencias que en las escuelas se dan, ni profesa el hábito de ellas".2 Existe la posibilidad de que asistiera a la Universidad de Salamanca, aunque no obtuvo un grado académico.
Tenía el título de Señor de Mora. Casó con Ana Bueno, con la que tuvo, al menos, diez hijos. 3
Fue enterrado en la iglesia de San Jaime (desaparecida). En su testamento, firmado el 2 de mayo de 1593, pidió ser inhumado en la capilla mayor, en la misma sepultura que su mujer Ana Bueno y que su madre Luisa Vicente.4
Obras[editar]
Chronographia (1585)[editar]
La fama de Tornamira procede de su obra: "Chronographía y repertorio de los tiempos", publicada en Pamplona en 1585 en el taller de Tomás Porralis de Saboya.5 Cuenta con 162 capítulos, tiene formato en octavo, consta de 576 páginas y se acompaña de 88 grabados xilográficos abiertos para esta edición. Fue editada por el propio autor, lo que le supondría un elevado desembolso, por los numerosos grabados y la complejidad de la composición tipográfica que presentaban las numerosas y abigarradas tablas numéricas que acompañan al texto.6 No se conocen reediciones de esta impresión.
En esta obra Tornamira sigue la concepción ptolomeica del universo y de la física aristotélica según la tradición medieval, por este motivo ofrece una visión acorde con el geocentrismo frente al heliocentrismo de Copérnico que tímidamente se abría paso en la ciencia de la época. Incluye la determinación de las coordenadas geográficas, en las que incluye varias veces la posición de Tudela junto con otras ciudades importantes, que da a entender que esta población significaba algo para el, como podría ser donde nació y por métodos astronómicos, así como buen número de datos sobre los eclipses, las estrellas, latitudes geográficas, cuestiones sobre el calendario y la cronología. Como la mayoría de los astrónomos de su época, también era astrólogo y en su obra habla de la “amistad que hay entre la medicina y la astrología”. Presenta diversas tablas de aplicación astrológica, como la relativa al “dominio de los planetas”. En este apartado la obra sufrió la censura de algunos párrafos por parte de la Inquisición.
El capítulo que más atención despertó, por su actualidad, fue el referente al Calendario, cuya reforma se había implantado tres años antes, en 1582, por el Papa Gregorio XIII.
Demuestra conocer el texto de "Introducción a la Astronomía y la Geografía", redactado por astrónomo valenciano Jerónimo Muñoz para sus clases en las universidades de Valencia y Salamanca; aunque nunca se publicó, circuló copiosamente en forma manuscrita. Hay partes enteras de la Chronografia que son traducciones al castellano del original latino de Muñoz. Por otra parte, Incluye un buen número de datos y tablas de eclipses (desde 1583 hasta 1610) y de las estrellas fijas, tomados del cartógrafo Johannes Stadius.
Llama la atención que esta obra, en absoluto moderna, que rechazaba el sistema heliocéntrico defendido por Nicolás Copérnico en De Revolutionibus (1543), presentes elementos de valor para su época. Las palabras de quien ha estudiado la aportación del cosmógrafo tudelano, Javier Bergasa, reflejarían su trascendencia:
La obra de Tornamira, que sigue totalmente la concepción ptolemaica del Universo y de la física aristotélica, queda como uno de los últimos jalones de una Cosmología que terminará siendo desbancada por una nueva visión del Universo [...]. Pero no pensemos que [por ello] queda desfasada y pierde su interés científico, ya que por una parte aparece en un difícil momento de transición y por otra [...] se continuarán publicando obras basadas en sistemas geocéntricos durante los siglos XVI y XVII.7
Como curiosidad, cabe citar que Velázquez tenía en su biblioteca un ejemplar de la edición de Pamplona, junto a otros libros de astronomía y astrología, que en el inventario post mortem de los bienes del pintor lleva el número 549.
Segunda parte de la Chronographia[editar]
La Biblioteca de Navarra conserva el manuscrito titulado "Chronographia y repertorio de los tiempos, & [...] Segunda parte", que contiene la descripción geográfica de regiones de Europa del norte, central y del este; de Italia, Grecia y Croacia, así como de algunas zonas del África subsahariana y del norte, como el Magreb y Egipto. Excepto la portada, que pertenece al siglo XVIII, el resto del manuscrito, que tiene 332 páginas, es autógrafo, con seguridad de Vicente de Tornamira, y se habría escrito hacia 1583, por lo tanto dos años antes de la impresión de la primera parte. Debió de pertenecer a la biblioteca del archivero e historiador de Tudela Juan Antonio Fernández Pascual8 (él sería quien añadió la portada), ya que en el inventario de su biblioteca se registró la siguiente obra "Los cuatro tomos de Chronographia y repertorio de los tiempos por don Vicente de Tornamira, señor de Mora, volúmenes únicos manuscritos".9
Kalendario (1591)[editar]
En 1591 vio la luz en Pamplona, en el taller de Pedro Porralis, la segunda obra impresa de Francisco Vicente de Tornamira, "Señor de Mora, natural de la ciudad de Tudela", con el título Traducion del Kalendario Gregoriano de Latin en Español, con ciertas adictiones y comentos al fin de cada uno de sus Canones, para que mejor se pueda entender.10 Se trata de una obra en cuarto, como la Chronographia, aunque de menor volumen (130 páginas) y sin grabados. La impresión es deficiente, con errores en la numeración de las páginas. No se volvió a reeditar.
Otras obras inéditas[editar]
En la biblioteca de Juan Antonio Fernández se encontraban también dos obras manuscritas de Vicente de Tornamira, cuyo destino se ignora en la actualidad. Se trata de "1 tomo manuscrito original de dicho Tornamira de la Genealogía del Rey don Felipe 2º de España, tratado de cifras y otros opúsculos y la vida de este por Fernández", y "1 tomo de la historia general del mundo y descripción de sus Reinos provincias por Tornamira, manuscrito original".11
Datos de interés[editar]
La sala de proyecciones del Planetario de Pamplona, denominado "Pamplonetario",12 lleva el nombre de Tornamira. Aquí se encuentra el proyector de estrellas y tiene una cúpula de 20 metros de diámetro, lo que le convierte en el mayor planetario óptico de España.13
En el casco antiguo de Tudela, desde 1860, existe la calle de los "Tornamiras", dedicada a Francisco Vicente de Tornamira y al escritor Juan Francisco de Tornamira de Soto,14 nacido en esta ciudad en 1583. Se llamó hasta 1860, "De las "Tres Casas".15
En la Iglesia de San Nicolás, también de Tudela, en el siglo XVI, los Tornamira, familia paterna de Francisco, que eran feligreses de este templo, construyeron la capilla de San Gregorio y en ella pusieron una losa sepulcral con el escudo heráldico de la familia.
María de Ximildegui (1588 – ?) fue una mujer española arrepentida de practicar la brujería y que ayudó a desencadenar el proceso inquisitorial en Zugarramurdi acusando de ser brujas a otras mujeres y hombres de la zona.
Biografía[editar]
Era hija de padres franceses y se crio en Zugarramurdi,1 aunque en el año 1604, con dieciséis años, se fue con su padre a Ciboure en Francia. Allí, trabajaba de moza y conoció a otra joven de nombre de Catalina que la inició en la brujería, y con quien mantenía una relación íntima.2 Para poder acudir a los aquelarres, Ximildegi tuvo que renegar de Dios y de la Virgen María.3 Desarrolló sus conocimientos de brujería durante un año y medio y finalmente se volvió a Zugarramurdi en 1608, cuando tenía veinte años.
Ximildegui contó que su tiempo pasado en Francia le había convertido en una maestra de brujas, volando en escobas y bailando para el diablo. Y se unió a los encuentros de brujería para untarse pócimas y sustancias psicotrópicas en las cuevas navarras. Sin embargo, se acabó arrepintiendo y denunció a otros brujos al Abad de Urdax,4 lo que provocó la llegada de la Inquisición de Logroño a principios de diciembre de 1609, con Alonso de Salazar y Frías como uno de los inquisidores principales del proceso.5
De las personas que Ximildegui acusó de brujería, se encuentran María de Jureteguia,6 y su marido Esteve de Navarcorena, así como otras diez otras personas, en total, cuatro mujeres, seis hombres y dos niños.
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