domingo, 29 de mayo de 2022

HISTORIA DE ESPAÑA

 ÉPOCA MEDIEVAL

El edicto de gracia era el primer paso de las "visitas" de la Inquisición española a una ciudad o un área rural en el que se invitaba a la denuncia de uno mismo como hereje en un plazo generalmente de entre treinta y cuarenta días, durante el cual no sería castigado con penas severas. Este procedimiento fue sustituido a partir de principios del siglo XVI por el edicto de fe en el que el "período de gracia" fue suprimido.1​ Posteriormente, solo volvió a ser utilizado en algunas ocasiones determinadas.

Historia[editar]

Cuando los inquisidores llegaban a una ciudad o a un pueblo lo primero que hacían era presentarse a las autoridades eclesiásticas y seculares locales. A continuación en una misa de domingo o de día festivo, al finalizar el sermón del párroco o el rezo del credo, el inquisidor sosteniendo un crucifijo se dirigía a los feligreses para que tras persignarse juraran levantando la mano derecha que ayudarían al Santo Oficio a perseguir la herejía. Inmediatamente después se leía el edicto de fe, que era una larguísima relación de todas las creencias y conductas heréticas. Este fue el procedimiento habitual a partir de principios del siglo XVI.3

Pero, en las dos primeras décadas de existencia de la Inquisición española (1480-1500), en lugar del que después se llamaría "edicto de fe", se usó el "edicto de gracia". La diferencia fundamental entre el edicto de gracia y el posterior edicto de fe era que en el primero, tras enumerar una lista de herejías, se hacía un llamamiento a los que creyeran haber incurrido en herejía para que se denunciaran a sí mismos dentro de un "período de gracia", que solía ser de treinta a cuarenta días. Los que así lo hacían eran "reconciliados" con la Iglesia sin sufrir fuertes castigos.3

Los edictos de gracia seguían el modelo de la Inquisición papal medieval y constituyeron un medio eficaz para conseguir que los judeoconversos que seguían practicando ritos judíos, o simplemente costumbres judías, se delataran a sí mismos, debido a la benignidad de las condiciones que se ofrecían -en ocasiones la falta se saldaba con una simple penitencia y el pago de una multa, y no conllevaba la confiscación de sus bienes-. Así varios miles de conversos, convencidos de que en algún momento de su vida no habían observado alguno de los preceptos de su nueva fe católica, se presentaron voluntariamente ante la Inquisición. En Sevilla, cientos de conversos se apiñaban en la cárceles a la espera de ser interrogados. En Mallorca, unos 300 participaron en una ceremonia de arrepentimiento celebrada en 1488. En Toledo, unas 4300 personas, en su mayoría conversos, fueron "reconciliados" con la fe católica solo en dos años (1.486-1487). Pero, como ha señalado Henry Kamen, todo esto no significa que los conversos que se presentaban voluntariamente ante los inquisidores "fueran verdaderamente judaizantes o se inclinaran al judaísmo. Solo el miedo les aguijoneaba".4

A pesar de que las confesiones voluntarias en su mayoría estaban motivadas por el miedo —en 1491 un vecino de Cuenca exclamó: «Más quisiera ver entrar todos los moros de Granada en esta ciudad, que el Santo Oficio de la Inquisición, porque quitan la vida y la honra»—, los inquisidores se convencieron de que eran la prueba de que la herejía estaba extendida entre los conversos, cuando hasta aquellos momentos habían carecido de pruebas, y solo se habían basado en rumores.5​ En consecuencia, se redobló la persecución de los conversos que no se habían acogido a los "períodos de gracia", iniciándose, según Henry Kamen, un "reino de terror" —por ejemplo, en Toledo 250 personas fueron quemadas vivas entre 1485 y 1501— que hizo que los conversos dejaran de admitir sus presuntos errores e incluso algunos volvieran a la fe judía de sus antepasados.6

Así pues, "después de 1500 los edictos de gracia habían cumplido su propósito y fueron sustituidos normalmente por edictos de fe, que no tenían un período de gracia y que en su lugar invitaban a la denuncia de aquellos que eran culpables de los delitos que aparecían en una larga lista de ofensas".7

Los edictos de gracia se volvieron a utilizar a mediados del siglo XVI cuando la Inquisición se ocupó de los moriscos, que supuestamente seguían practicando a escondidas la fe musulmana. Así, por ejemplo, un edicto de gracia hecho público en Valencia en 1568 hizo que 2689 moriscos se denunciaran a sí mismos.2

También, se utilizó este procedimiento, durante los siglos XVI y XVII, para perseguir la práctica de la hechicería. En 1522, se publicaba un edicto en Zaragoza con el fin de obtener la autoinculpación de hechiceras en Ribagorza y Jaca, logrando de este modo 22 confesiones. En el marco de la persecución de brujas en Navarra, se publicaron edictos de gracia para este tipo de delitos durante las visitas inquisitoriales al distrito efectuadas en 1610 y 1611. Durante la fase final de la persecución a los alumbrados se echó mano, asimismo, del edicto de gracia, como el publicado en 1623 por el inquisidor general Andrés Pacheco; en este caso, el tiempo de gracia era de treinta días.8

Otros poderes lograron publicar edictos, al margen del control inquisitorial, para satisfacer sus propios intereses. Es el caso del edicto de gracia publicado en Portugal en 1627, tras las negociaciones entre el rey Felipe IV y la comunidad judeoconversa local. En esta ocasión, en lugar de buscar denuncias y fomentar las persecuciones, se logró "limpiar" a numerosos encarcelados y suspender la celebración de los autos de fe. Este «perdón general disfrazado de edicto de gracia», publicado a pesar de la oposición al mismo de la Inquisición portuguesa, les fue otorgado a los judeoconversos a cambio de la promesa por parte de estos de un cuantioso préstamo a la Corona.8

Los últimos edictos de gracia serían publicados por la Inquisición española en 1815, recién restablecido el Santo Oficio por las estructuras de poder del Antiguo Régimen:

  • El 2 de enero se dirigió un edicto de gracia a los masones del país, concediéndoles un plazo de 15 días para que confesaran sus actividades. El edicto reproducía íntegramente otro del papa Pío VII de 15 de agosto de 1814 con la misma finalidad.
  • El 5 de abril se promulgó un edicto general de gracia dirigido a todos los herejes, estableciéndose en este caso un tiempo de gracia muy largo —hasta fin de año. El documento se componía de un largo texto acusatorio acerca de la irreligiosidad contemporánea, la incredulidad y la corrupción de las costumbres, causadas, según el escrito, por los judíos, los sectarios y la libertad de prensa. La principal innovación consistía en la atribución de competencias a los confesores para recibir testimonios de herejía y conceder la eventual absolución, potestad hasta entonces reservada a los inquisidores; también se daban instrucciones a los confesores sobre el modo de practicar la declaración y el interrogatorio, exigiéndose la delación de los cómplices. De esta manera, la infamia pública fue progresivamente sustituida por la confesión escrita, es decir, «la desgracia anunciada se transforma en vigilancia y chantaje».








Las españolas de los grupos protestantes del siglo XVI que, activamente, se comprometieron con los planteamientos de la Reforma, fueron en su mayoría mujeres jóvenes, cultas, consagradas a menudo a la vida religiosa, algunas procedentes de las familias más notables de la época.1

En cuanto a su distribución geográfica y teológica, casi todas formaron parte de pequeñas congregaciones fundadas en Valladolid (próxima al luteranismo) y Sevilla (tendente al calvinismo), en las que sus integrantes se dedicaban sobre todo a leer Biblias «sin notas», traídas del extranjero.

Muchas de ellas, acabaron siendo condenadas a diversas penas en los autos de fe celebrados en ambas ciudades entre mayo de 1559 y septiembre de 1568, si bien cabe resaltar que la mayoría de las veces se trata de datos claramente incompatibles, dependiendo de cuáles sean los textos o documentos consultados.

Víctor Manzano y MejoradaUna escena de la Inquisición (boceto preparatorio), 1859. Óleo sobre lienzo,
52 x 43 cm. Museo del Prado.

Los focos: Valladolid y Sevilla[editar]

Sevilla. Portada de la iglesia del convento de Santa Paula.

Por los autos de fe en que se vieron envueltas, se conocen los nombres de Leonor de Vivero, madre de Agustín Cazalla; Mencía de Figueroa, esposa de Pedro Sarmiento; Ana Enríquez de Rojas, hija de los marqueses de Alcañices; Beatriz Vivero Cazalla; Francisca de Zúñiga, hija del licenciado Antonio de Baeza; Isabel de Estrada y Juana Velázquez, dos vecinas de Pedrosa del Rey; Juana de Silva, hija natural del marqués de Montemayor y esposa de Juan de Vivero; Catalina de Ortega, vecina de Valladolid, hija del fiscal Hernando Díaz y viuda del comendador Loaisa, entre otras.2

También los conventos de monjas jugaron un papel predominante en la rápida expansión de las nuevas ideas. Así, destacaron en Valladolid los de Santa Clara y Belén (cisterciense), donde «cayeron […] en la misma herejía» (Heterodoxos I, p. 938) las religiosas Margarita Santisteban, María de Miranda, Francisca de Zúñiga, Felipa de Heredia, Catalina de Alcaraz y Marina de Guevara. A todas ellas, llamó Gonzalo de Illescas «monjas bien mozas y hermosas que, no contentas con ser luteranas, habían sido dogmatizadoras de aquella maldita doctrina».2

En Sevilla, fue la casa de Isabel de Baena (Montes la llamó «el templo de la nueva luz»)3​ la que acogió a mujeres como María Gómez, viuda del boticario de Lepe Hernán Núñez; Leonor Gómez, hermana de la anterior y esposa de un médico de Sevilla; sus hijas Elvira, Teresa y Lucía; María de Virués, María Coronel y María de Bohórquez, entre otras:456

[…] María de Bohórquez era hija natural de Pedro García de Xerez Bohórques, de una de las primeras casas de Sevilla. Cuando contaba veintiún años fue arrestada por luterana. Conocía el latín y el griego, tenía una gran biblioteca de libros luteranos y sabía de memoria el Evangelio. Conducida a prisión, defendió sus puntos de vista y rechazó el considerarse culpable de herejía; declaró que su hermana Juana conocía sus opiniones y no las criticaba (ello originó la detención de Juana). Fue condenada a la hoguera en el auto de fe de 1571.
Doris Moreno Martínez (2004). La invención de la Inquisición. Marcial Pons Historia. p. 177. ISBN 9788495379788.

En cuanto a los conventos de Sevilla, destacaron los de Santa Paula (jerónimo) y Santa Isabel (franciscano). Se documentan en ellos las hermanas Francisca de Chaves, «monja de Santa Isabel que llamaba "generación de víboras" a los inquisidores»; 456​ Leonor de San Cristóbal; Juana de los Reyes; Catalina de San Jerónimo y Ana de los Ángeles.7

Autos de fe[editar]

Jan Luyken. Auto de fe celebrado en Valladolid el 21 de mayo de 1559.
Este curioso óleo sobre lienzo del británico John Everett Millais (La huida de una hereje) reproduce el instante en que dos monjes ayudan a escapar de la cárcel de Valladolid a la joven Juana de Acuña, vestida con sambenito y, al parecer, condenada por la Inquisición en 1559.

Valladolid[editar]

En Valladolid, donde las tesis luteranas acababan de ser introducidas por Carlos de Seso, natural de Verona, «hijo del obispo de Plasencia de Italia»,8​ que, tras haber militado en el Ejército imperial, se estableció en Toro en 1550, destacó la figura de Leonor de Vivero, quien, se sumó a las nuevas creencias religiosas de su hijo Pedro de Cazalla (párroco de Pedrosa y amigo de Seso) y se encargó de transmitirlas, al menos, a otros cuatro de sus hijos,9​ a la vez que celebraba en su casa reuniones clandestinas:

La mujer de un platero de esta ciudad, llamado Juan García, observó con extrañeza que su marido se levantaba todas las noches cautelosamente y salía de casa. Habiendo seguido sus pasos, impulsada por los celos, vio que entraba sigilosamente en casa de doña Leonor de Vivero, viuda de Pedro Cazalla, y que no era su marido el único que entraba, sino que concurrían otras personas de ambos sexos. Las reuniones se celebraron después en casa de don Agustín Cazalla, capellán y predicador del Emperador. […] Habiendo declarado sus sospechas al confesor, este le manifestó la obligación en que estaba de denunciar al Santo Oficio aquella reunión clandestina. De resultas de la denuncia, los protestantes fueron sorprendidos en casa del doctor Cazalla, y tanto este como las demás personas aprehendidas en aquel conciliábulo conducidas a la cárcel del Santo Oficio.
Vicente de la Fuente (1874). Historia de las sociedades secretas, antiguas y modernas en España, y especialmente de la Francmasonería I. Madrid. Imprenta a cargo de D. R. P. Infante. pp. 54-55. ISBN 9788461122257.
21 de mayo de 1559

En el auto de fe celebrado el 21 de mayo de 1559, presidido por Juana de Austria y el príncipe Carlos (de 13 años de edad), de un total de treinta y una personas, fueron condenadas Mencía de Figueroa, casada con Pedro Sarmiento de Rojas: sambenito, cárcel perpetua y confiscación de bienes; Ana Enríquez de Rojas, reclusión en un convento; «tenía entonces veinte y cuatro años, sabía muy bien Gramática latina y había leído las obras de Calvino y Constantino Ponce de la Fuente»;10​ Beatriz Vivero Cazalla, confiscación de bienes y relajación al brazo secular; Constanza de Vivero, viuda de Hernando Ortiz, contador del rey: sambenito, cárcel perpetua y confiscación de bienes; «cuando el doctor [Cazalla] vio pasar a su hermana, se volvió a la princesa gobernadora y le dijo: "Señora, suplico a Vuestra Alteza que se compadezca de esta infeliz porque deja trece hijos huérfanos"»;11​ Francisca de Zúñiga, cárcel y sambenito perpetuo; Isabel de Estrada, garrote, Catalina Román, garrote; Juana Velázquez, garrote; Juana de Silva, confiscación de bienes, cárcel perpetua y sambenito; Leonor de Toro, confiscación de bienes, sambenito y cárcel perpetua y Catalina de Ortega, garrote.12

Según De la Fuente:

El día 21 de mayo de 1559, fueron quemados públicamente el doctor don Agustín Cazalla y sus hermanos Francisco, cura de Hormigos, doña Beatriz Vivero Cazalla y doña Constanza de Vivero, viuda de Hernando Ortiz, contador del Rey. También fueron quemadas doña Catalina de Ortega, viuda del comendador Loaisa, Catalina Román e Isabel de Estrada, vecina de Pedrosa, y Juana Blázquez, criada de la marquesa de Alcañíces. De las monjas, dice el historiador Gonzalo de Illescas, testigo presencial del suceso, que eran muy guapas.
Vicente de la Fuente (1874). Historia de las sociedades secretas, antiguas y modernas en España, y especialmente de la Francmasonería I. Madrid. Imprenta a cargo de D. R. P. Infante. p. 55. ISBN 9788461122257.

Leonor de Vivero, que había fallecido antes de comenzar el proceso y que, «como difunta católica [había sido sepultada] en una capilla con panteón en la iglesia del monasterio de San Benito el Real de Valladolid», de la que era propietaria,13​ fue desenterrada y «condenada en efigie»:14

Lleváronse además los huesos y estatua de doña Leonor de Vivero, acusada en muerte por el fiscal de la Inquisición como luterana, lo que acreditó este por medio de la prueba llamada "de inquisidores" o declaraciones de testigos obtenidas mediante el tormento. Resultando por dicha prueba que la casa de esta señora servía de templo a los luteranos, donde celebraban sus reuniones, fue condenada a ser quemada en efigie, con infamia trascendental a su descendencia, confiscación de bienes y demolición de su casa, en cuyo solar se levantó una pilastra con la siguiente inscripción: Presidiendo la Iglesia Romana Paulo IV y reinando en España Felipe II. El Santo Oficio de la Inquisición ordenó derrocar e asolar estas casas de Pedro Cazalla y Leonor de Vivero, su mujer, porque los herejes luteranos se juntaban a hacer conciliábulos contra nuestra Santa Fe Católica e Iglesia Romana. En 21 de mayo de 1559.
Manual histórico y descriptivo de Valladolid. Editorial MAXTOR. 1861. p. 56. ISBN 9788490014615.

Fueron también condenadas:

María de Rojas, "Monja en el convento de Santa Catalina de Valladolid, de edad de cuarenta años, hermana de doña Elvira de Rojas, marquesa de Alcañices, hijas ambas del primer marqués de Poza; castigada por luterana con sambenito en el auto de fe, reclusión en su propio convento, donde sea la última de la comunidad en coro y refectorio, y esté privada de voto activo y pasivo".15

Marina de Saavedra, "Vecina de Zamora, viuda de Juan Cisneros de Soto, hijodalgo, principal; castigada por luterana con sambenito, cárcel perpetua y confiscación de bienes".16

Isabel Mínguez, "Criada de doña Isabel Vivero Cazalla, que salió al auto para ser quemada […], castigada por luterana con sambenito, cárcel perpetua y confiscación de bienes".17

8 de octubre de 1559

El 8 de octubre del mismo año, con la asistencia de Felipe II y la mayoría de miembros de su corte, de un total de casi cuarenta personas, fueron condenadas a diversas penas Isabel, esposa de Carlos de Seso, «hija de don Francisco de Castilla, caballero de la Orden de Alcántara, y de doña Catalina Ladrón de Guevara y Ávalos, sobrina carnal del obispo de Calahorra don Alonso de Castilla, y prima del deán de Toledo don Diego de Castilla, todos descendiente del rey don Pedro llamado el Cruel»,18​ sambenito, cárcel perpetua y confiscación de bienes y Catalina de Castilla, hija de Diego de Castilla y de María de Ávalos y sobrina de la anterior; así como las monjas del convento de Belén Eufrosina Ríos, «[…] monja de la Orden de Santa Clara de Valladolid, fue convencida de luteranismo por veinte y dos testigos; [permaneció] impenitente hasta ser atada en el quemadero; allí se confesó, murió agarrotada y se quemó su cadáver»;19​ Catalina de Reynoso, «de edad de 21 años»;20​ María de Miranda, Margarita Santisteban, Francisca de Zúñiga, hija de Jerónimo de Reynoso, señor de Astudillo, y hermana de Francisco de Reynoso y Baeza, futuro obispo de Córdoba;21​ Felipa de Heredia, Catalina de Alcaraz y Marina de Guevara, de quien «el inquisidor general arzobispo de Sevilla (Fernando de Valdés) estaba empeñado de veras en que no fuese condenada»,22​ entre otras.23​ Fueron quemadas seis mujeres, siendo cuatro de ellas monjas del convento de Santa Clara24

También iba a ser ejecutada ese día Juana Sánchez, vecina de Valladolid, «convencida de luterana». Pero, al saber que estaba sentenciada, «se hirió en la garganta con unas tijeras, de cuya herida murió a los pocos días en la cárcel; y aunque se le predicó para que recibiera el sacramento de la confesión, no quiso: murió impenitente. Sus huesos fueron llevados en ataúd al auto de fe en estatua, y todo fue quemado con los demás reos».25

Fue también condenada: Catalina de Reynoso, "Monja del convento de Belén de Valladolid, de edad de 21 años, hija de Jerónimo de Reynoso, señor de la villa de Astudillo de Campos, y de doña Juana de Baeza, su mujer, hermana de don Francisco de Reynoso, obispo de Córdoba, y de doña Inés de Reynoso, que vivía en Málaga, casada con Gonzalo Pérez de Vivero, hermano del doctor Cazalla. [Su madre] descendía de judíos. Fue convencida de luteranismo y consta que cuando las otras monjas cantaban en el coro, decía: 'Gritad y dad voces altas a Baal, quebraos la cabeza y aguardad a que os remedie'. Se la condenó a relajación por confitente ficta, se confesó y murió en el garrote antes de ser quemada".26

26 de septiembre de 1568
[Y] ya que de autos de fe vamos hablando, diremos que en el celebrado a 26 de septiembre de 1568 murió en las llamas Leonor de Cisneros, esposa del bachiller Herreruelo, que, admitida a penitencia, se había hecho de nuevo luterana, perdiendo la vida como su esposo y mostrándose hasta el último momento insensible a las caritativas palabras de don Juan Manuel, obispo de Zamora.
Fernando Fulgosio (2002). Crónica de la provincia de Valladolid. Crónica general de España. Editorial MAXTOR. p. 67. ISBN 9788497610087.

Sevilla[editar]

Como afirma Marcel Bataillon, «España se nos muestra en Sevilla […] agitada por una predicación que no se podría llamar implícitamente protestante, que se deriva claramente del iluminismo erasmista y que, entre 1535 y 1555, se adhiere a la justificación por la fe sin deducir de ella conclusiones fatales para los dogmas católicos».27

La capital andaluza se convirtió en un auténtico hervidero de grupúsculos (Valera los cuantifica en cerca de ochocientos), donde el interés por el movimiento reformista se instaló fuertemente:28

También prendió la Reforma entre las mujeres, casi todas convictas de haber escuchado los sermones de Egidio, pero fueron muy pocas las condenadas por protestantes: una jerónima de Santa Paula (Leonor de San Cristóbal) y una monja erudita de Santa Isabel (Francisca de Chaves), que se mantuvo contumaz hasta el fin.
Rafael Sánchez Mantero (1999). Las cofradías de Sevilla en la modernidad. Universidad de Sevilla. p. 66. ISBN 9788447205097.
24 de septiembre de 1559

En el auto de fe celebrado en la Plaza de San Francisco el domingo 24 de septiembre de 1559, al que asistieron el obispo auxiliar de Sevilla (Alonso de Sanabria) y los de Lugo (Juan Suárez de Carbajal), Canarias (Diego Tello de Deza) y Tarazona (Juan González Munébraga), fueron relajadas y quemadas, entre otras, María de Bohórquez, «hija bastarda del jurado Pero García de Xerez y Bohórquez, hereje do[g]matizadora de la se[c]ta luterana y pertinaz hasta el tablado»; María Coronel, María de Virués, «doncella honesta, hereje luterana»; Francisca López, «texedora, hereje luterana»; María de Cornejo, «hereje luterana»; Isabel de Baena, «doncella honesta, hereje luterana»; Catalina González, «hermana del licenciado Juan González, hereje luterana» y María González, hermana de la anterior, «hereje luterana»:2930

María Coronel o, más frecuentemente, Cornel, es coprotagonista junto a María de Bohorquez de la novela intitulada Cornelia Bororquia.

22 de diciembre de 1560

El 22 de diciembre de 1560, fueron quemados treinta y cuatro protestantes entre los que se encontraban Francisca de Chaves, monja del convento de Santa Isabel y discípula de Egidio (mantuvo contacto con el grupo protestante parisino);31​ Ana de Ribera, viuda del maestro Hernando de San Juan, quemado en el auto anterior; Francisca Ruiz, esposa del alguacil de Sevilla Francisco Durán; María Gómez, Catalina Sarmiento, viuda de Fernando Ponce de León, «decurión» perpetuo de Sevilla; Leonor Gómez (hermana de María) y sus tres hijas solteras, María y Luisa de Manuel.32

Fue también condenada: María González, "Natural de Utrera, ama de gobierno de Gaspar de Benavides, salió al auto en cuerpo con sambenito, soga en el cuello y mordaza en la boca, condenada [a] doscientos azotes y destierro del distrito de la Inquisición de Sevilla, solo por haber permitido que unos presos comunicasen con otros en virtud de dádivas y promesas".33

26 de abril de 1562

El tercer auto de fe celebrado en Sevilla tuvo lugar el 26 de abril de 1562 y en él fueron relajadas y quemadas Ana de Mairena (junto con su marido, Francisco de Cárdenas) y María de Trigueros, mujer de Constantino Espada. Fueron condenadas a cárcel perpetua Ana de Illescas e Inés Hernández.34

28 de octubre de 1562

Finalmente, el 28 de octubre de 1562, tuvo lugar el último auto de fe en el que aparecen condenados 22 protestantes, aunque que las cinco mujeres encausadas: Isabel Martínez y Elvira de Alvo, Francisca Beltrán, Catalina de San Esteban y Catalina de Canaus, solo fueron sentenciadas a pagar diversas multas.35

Otras encausadas[editar]

Úrsula de la Cruz, nacida en Viena y monja de las Recogidas de Alcalá de Henares, fue condenada a cárcel perpetua en el auto de fe celebrado en Toledo el 4 de junio de 1571.36​ Según Werner,37​ en 1585, se presentó voluntaria ante el comisario de la Inquisición en la ciudad, declarando arrepentida que había dudado de la inmaculada concepción de María, de la presencia real de Jesús en el pan y el vino consagrados, golpeado una imagen de un Cristo que había en el convento, comido carne los viernes y propalado entre sus compañeras los errores que por entonces circulaban por su país de origen.

Desde el primer momento, el Consejo se tomó muy en serio el caso (más aún tratándose de una monja), poniéndose en contacto con el comisario de Alcalá, quien, inexplicablemente, la absolvió a los pocos días. Pero unas semanas después, volvió a presentarse, esta vez ante el comisario de Madrid, reconociendo que, pese a la sentencia absolutoria anterior, no se había apartado de sus graves errores, por lo que fue condenada a permanecer recluida en su celda durante un año (solo los domingos y fiestas de guardar se le permitía trasladarse a la capilla para oír misa) y ayunar todos los viernes. De la Cruz cumplió su castigo, dando la impresión de que se ha alejado del protestantismo.

Sin embargo, en 1588, se presentó por tercera vez ante las autoridades inquisitoriales, acusándose a sí misma de haber caído nuevamente en los mismos errores, al considerar el luteranismo como la religión verdadera. Fue condenada a cárcel perpetua (sin posibilidad de remisión) en el convento de la Magdalena.

En 1594, a los 35 años de edad, volvió a reincidir. Como ya se ha reconciliado en tres ocasiones anteriores, el Consejo optó esta vez por confiscarle sus bienes.

También salvó la vida Juana de Bohórquez, hermana de María de Bohórquez, pero la confesión de esta de que pese a que conocía sus creencias religiosas nunca se las reprochó, la llevó a sufrir las consecuencias del proceso inquisitorial.

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