miércoles, 30 de junio de 2021

HISTORIA DE ESPAÑA

 SIGLO XIII EN ESPAÑA

Al-Mugrib fī ḥulā al-Magrib (en árabe المغرب في حلى المغرب) es una obra del granadino Ibn Sa'īd al Magribī escrita en el siglo XIII. Su título significa Lo extraordinario sobre las joyas de Occidente. Está a mitad de camino entre una antología poética y una obra geográfica, ya que reúne información sobre los poetas del Magreb organizados según su origen geográfico: los de Córdoba, los toledanos, los valencianos, etc.

Cada capítulo regional está además divido en sub-secciones, primero la capital provincial, luego las localidades más importantes. Esta clasificación es muy interesante desde el punto de vista geográfico, ya que da fe de cuáles eran las divisiones, cómo estaban subdivididas, cuáles eran las principales localidades y la categoría de las mismas. Su método, sistemático, divide los núcleos de población en tres categorías principales: medina (ciudad), hisn (fortificación) y qarya (aldea o alquería). Esta terminología fue la habitual durante los siglos XII y XIII en al-Ándalus.


Al mugrib fi hula al magrib - medina bilyana.jpg
Extracto del capítulo sobre Villena, en el que se habla sobre el poeta Hasan Rashid.
GéneroPoesía Ver y modificar los datos en Wikidata
SubgéneroGeografía y historiografía Ver y modificar los datos en Wikidata
IdiomaÁrabe
PaísAl-Ándalus (España)







Los anales toledanos son una serie de tres cronologías escritas por varios autores anónimos en castellano antiguo que abarcan la historia del reino de Toledo desde el nacimiento de Jesucristo hasta 1303.

Historia[editar]

Los anales toledanos primeros, que cubren hasta 1219, están basados en los anales castellanos segundos, con los que presentan muchas anotaciones comunes;1​ los segundos, que llegan hasta 1250, parecen por su redacción haber sido escritos por un mudéjar.2

Los anales toledanos I y II fueron publicados por primera vez por Francisco de Berganza en Antigüedades de España en 1721; en 1767 Enrique Flórez reunió los tres anales en el tomo XXIII de la España Sagrada.






¡Ay Jherusalem! es un poema castellano de mediados del siglo XIII perteneciente al género del planto o canción de cruzada cuyo contenido es una elegía por la caída de la ciudad en 1244 a manos de los turcos corasmios.2​ Se trata del único ejemplo de canción de cruzada que se conserva de la lírica medieval castellana.

El texto, narrativo, épico y lírico, relata el saqueo de Jerusalén, lo cruento de su asalto y la profanación de los Santos Lugares por los musulmanes. Combina rasgos clericales con juglarescos.3​ El asunto está planteado en la cuarta estrofa:

De Jerusalén vos querría contar,
del Sepulcro Santo que es allende el mar:
moros lo cercaron
e lo derribaron
a Jerusalén.
¡Ay Jherusalem!, vv. 16-20.

A fines del reinado de Fernando III de Castilla comenzaron a romancearse biblias, algunas a partir de su texto hebreo, e innovar en la métrica. En este contexto podría enmarcarse el poema, ya que cuenta con versos dodecasílabos (que solo se utilizarán tiempo después en la poesía de cancionero de arte mayor que se consolidaría en el siglo XV, y desaparecería en el XVI) y hexasílabos (típicos de las endechas) distribuidos en veintidós estrofas de cinco versos con un esquema métrico y de rima 12A-12A-6b-6b-6c. Solo han podido verse paralelismos métricos con las estrofas de las Cantigas de Santa María de Alfonso X el Sabio, aunque estas últimas escritas en galaicoportugués.4

El último verso de cada estrofa repite, con diversas variantes, un estribillo que comprende la palabra «Jherusalem». Otra peculiaridad formal es que cada estrofa comienza con una letra que forma un acróstico de orden alfabético (ABCDE...); pese a los problemas de transmisión y transcripición, que no siempre hacen evidente la regularidad de este recurso, el poema mantiene este juego en sus 110 versos de longitud.

Estos poemas «de abecedario» eran típicos de la poesía hebrea, y están presentes en textos castellanos compuestos por judíos como la Lamentación del alma ante la muerte o El pecado original. El número de estrofas (22) coincide con el de los caracteres del abecedario hebraico. El manuscrito que lo ha transmitido contiene también dos poemas hebreos. Se ha vinculado este planto con las endechas judías, uno de cuyos asuntos fundamentales era la lamentación por la pérdida de Jerusalén. Por todo ello se ha considerado la hipótesis de que el autor estaba vinculado con alguna comunidad judía (aljama).

Pese a todo, la intención del poema, que es mover los ánimos y llamar a la cruzada que permita recuperar los lugares santos jerosolimitanos para el cristianismo, hace pensar en la influencia de algún texto europeo, como las canciones de cruzada, poemas que invitaban a rescatar los Santos Lugares a cambio de ganar el paraíso.5​ Otra posible fuente serían las primeras cuatro primeras «Lamentaciones de Jeremías» del Antiguo Testamento, cuyo tema es la la destrucción de Jerusalén en 587 a. C. por Nabucodonosor II, que también incorpora un acróstico alfabético.6

En el aspecto estilístico, destaca el uso verbal del presente histórico, combinado arbitrariamente (como lo hacían los romances) con el pasado, como en estos ejemplos, en el primero de los cuales el asíndeton aligera la narración:

Mandan dar pregones por la cristiandad,
alzan sus pendones, llaman Trinidad.
¡Ay Jherusalem!, vv. 56-57.
Ven los cristianos a sus fijos asar,
ven a sus mujeres vivas destetar;
vanse por los caminos
cortos pies e manos
en Jerusalén.
¡Ay Jherusalem!, vv. 96-100.


Hoja del códice de fines del siglo XIV o comienzos del XV del Archivo Histórico Nacional que contiene tres poemas, entre ellos el ¡Ay Jherusalem!1




Bocados de oro o Bonium es el título un tratado didáctico en prosa de mediados del siglo XIII que forma parte del género de la literatura sapiencial. Su contenido es fundamentalmente una colección de sentencias distribuidas en veinticuatro capítulos. Cada uno de ellos recoge los dichos atribuidos a un filósofo, excepto el veintitrés (cuyas sentencias se ponen en boca de diferentes pensadores) y el veinticuatro (cuyos apotegmas son anónimos).

Análisis de la obra[editar]

Se trata de una traducción de la obra creada a mediados del siglo XI por el médico y filósofo sirio Abu l-Wafa' l-Mubashshir ibn Fatik (1019-1097).

Los Bocados de oro o Bonium (que adaptan el Mukhtar al-hikam de mediados del siglo XI, obra heredera del Kitab adab al-falasifa), por su parte, también tuvieron una difusión paralela en la literatura latina medieval a través de una versión titulada Liber philosophorum moralium antiquorum, que bien podía proceder de una de las traducciones al latín de fuentes árabes de la Escuela de Traductores de Toledo bajo el designio de Alfonso X.1​ En todo caso la traducción hispánica gozó de gran popularidad en España, hasta el punto de que conoció ediciones impresas en Sevilla (1495), Toledo (1510) o Valladolid (1527). Además fue integrado en el Libro del consejo del infante Don Juan Manuel y en la introducción de la Gran conquista de Ultramar. El Bocados de oro tiene la particularidad de que cada capítulo está introducido por la descripción del sabio que lo protagoniza.

El texto se nos ha transmitido en dos redacciones:

  1. La que propiamente se puede llamar Bocados de oro, compuesta por los veinticuatro capítulos antes mencionados.
  2. La versión ampliada en el siglo XV con siete capítulos introductorios en los que se relata el viaje del rey de Persia Bonium a la India en busca de la sabiduría.

Estructura[editar]

Fernando Gómez Redondo (1998, págs. 459-461) propone la siguiente agrupación:

  1. Capítulos 1-8: la adquisición del saber por medio de su definición y de su finalidad.
  2. Capítulos 9-14: el conocimiento del mundo, que implica un rechazo de la materialidad, a la que sigue un cumplimiento de las obligaciones morales y estamentales.
  3. Capítulos 15-22: el saber como medio de buscar a Dios y como modo de adquirir una sabiduría interior, explícita en el seso del hombre.

Los dos últimos capítulos quedan fuera de esta estructuración ya que «no sirven más que de verificación del conjunto de ideas expuesto».




Calila e Dimna es una colección de relatos fechada hacia 1251, probablemente mandada traducir por Alfonso X el Sabio siendo todavía infante. Originariamente, es una obra india que fue traducida al persa medio en la era sasánida. Calila y Dimna, llamada así por los nombres de dos chacales, es una obra sapiencial en la que se narran cuentos (mayormente fábulas). Una gran parte de los cuentos narrados tienen que ver con estos dos chacales. El origen de estos cuentos es la India, y han sido datados entre los años 500 y 100 a.C.1

La obra es en realidad una compilación de máximas de los sabios de la Antigüedad, redactadas en muchas lenguas y legadas a sus hijos y admiradas en los siglos posteriores. En sus cuentos y fábulas se palpa una sabiduría práctica y se aprende cómo vivir y cómo hablar.2

Manuscrito del Calila e Dimna

Entre muchas obras relacionadas con Alfonso X, el Calila e Dimna es la más literaria. Su materia narrativa procede de la literatura oriental, pues traduce fielmente el texto árabe del Kalila wa-Dimna (كليلة ودمنة), que a su vez es la traducción que el iraní Ibn Al-Muqaffa hizo al árabe del texto en el siglo VIII (de donde se difundió por toda Europa), y este por su parte procede del Panchatantra hindú (hacia el año 300 d. C.)3​ En el año 570 fue traducida al pahlavi (o persa literario) y pocos años más tarde al sirio.

Conecta con los manuales sapienciales de educación de príncipes mediante el motivo oriental de las preguntas y respuestas entre el rey y un filósofo, que da paso a cuentos ejemplarizantes o exempla contados y protagonizados por animales: un buey, un león y dos zorros/lobos llamados «Calila» y «Dimna», que son quienes cuentan un mayor número de cuentos, en muchas ocasiones imbricados unos en otros en la llamada «estructura de muñecas rusas» (o de relatos enmarcados).

Abundan los monólogos introspectivos, y se usa el diálogo con función dramática. La localización es muy esquemática; y la acción, más bien escasa. Una estructura muy similar se utiliza en el libro de Don Juan Manuel El conde Lucanor (s. XIV).


Traducción[editar]

El Calila y Dimna es en realidad una traducción al árabe de varias obras indias, entre las cuales la más importante es el Panchatantra, escrito en sánscrito y cuyo significado es “los cinco capítulos”. La tradición considera que el autor de esta obra fue Borzuyeh, el mayor de los médicos de Persia, y que la escribió en la época de Cosroes II Anushiravan. Ya en la era musulmana, Ibn Muqaffa’ traduce esta obra al árabe, traducción esta que alcanza mucha popularidad y que se tendría como modelo y manifestación de la elocuencia en lengua árabe. La traducción al árabe de Ibn Muqaffa’ fue la versión que se utilizó para las traducciones al persa, griego, turco, español, ruso y alemán.4

Autoría y datación[editar]

El Calila e Dimna nos ha llegado a través de dos manuscritos denominados A y B. Según el colofón del manuscrito A, del primer tercio del siglo XV (ms. h-III-9 de la Biblioteca de El Escorial), el libro «fue sacado de arábigo en latín, et romançado por mandato del infante don Alfonso [...] era de mill e dozientos e noventa y nueve años» (= 1261). Sin embargo, como la versión castellana es muy fiel a la arábiga, se puede descartar la existencia de una traducción intermedia latina. El hecho de que se denomine «infante» a don «Alfonso» (coronado rey en 1252) ha llevado a adelantar de 1261 a 1251 la fecha de composición, en lo que supondría la primera obra de ficción extensa de la literatura en prosa en la península.

Estructura[editar]

La estructura principal de la obra es la narración marco (conversación entre el rey Dicelem y su alguacil-filósofo Burduben), aunque no se descartan otras como la de la caja china (cuentos dentro de otros). Tiene tres partes:

  • La introducción de Al-Muqaffa, que es una apología del saber y de su carácter eminentemente práctico (en ella se incluyen algunos exempla).
  • La historia de Bercebuey (caps. I y II: el primero describe su viaje a la India en busca de la sabiduría; el segundo es, en realidad, un de contemptu mundi).
  • La historia de Calila y Dimna propiamente dicha. En ella, a su vez, podemos distinguir dos partes:
    • Una, compuesta por los caps. III-VI, que son los más complejos en cuanto a composición y los más cercanos al Panchatantra.
    • Otra, que comprende los restantes capítulos, y que sigue unos esquemas organizativos simples y con paralelos orientales menos claros.

 

HISTORIA DE ESPAÑA

 SIGLO XIII EN ESPAÑA

Paio Soares Taveiroos (o Taveirós) fue un trovador de la primera mitad del siglo XIII, descendiente de la pequeña nobleza gallega1​.

Fue el autor de la célebre Cantiga da garvaia,1​ inspirada en elementos latinos y mozárabes y durante mucho tiempo considerada la primera obra poética en lengua galaico-portuguesa. Es una cantiga de amor plena de ironía, y por eso actualmente considerada por diversos autores como una cantiga satírica. Incluso perdiendo su estatuto de cantiga conocida más antigua, en favor de otra del trovador João Soares de Paiva, continua entretanto desafiando la imaginación de los críticos, aún en desacuerdo en cuanto a su auténtico sentido, y de forma señalada en lo que dice con respecto al personaje a quien va dirigida: una hija de D. Pai Moniz, por mucho tiempo identificada como Dña. María Pais Ribeiro, la célebre Ribeirinha, amante del rey portugués D. Sancho I. La constatación de la existencia, en la época, de varias personalidades llamadas Pai Moniz, o Paio Moniz, así como el origen gallego de Paio Soares, parece, no obstante, debilitar esta hipótesis, hoy muy discutible.






Vasco Fernandez Praga (También, Vasco Fernández Praga de Sandín o Vasco Praga) fue un trovador gallego del siglo XIII.

Biografía[editar]

Se desconoce su fecha y lugar de nacimiento aunque se sabe que es gallego porque en el Livro de Linhagens de don Pedro así lo dice, la par que lo califica de muy buen trovador. Se cree que pudo llegar a Portugal al servicio de Gil Vásquez Soverosa. Se casó con una noble (Teresa Martins Mogudo de Sandín), debido a ello alcanzó el estatus de noble. Se asentó en Vizela y vivió, al menos, hasta el año 1258.1

Obra[editar]

Se conservan 29 cantigas: 25 cantigas de amor y 4 cantigas de amigo.






Johan Vasquiz de Talaveira fue un trovador castellano del siglo XIII.1

Biografía[editar]

Aunque estudiosos como Ramón Menéndez Pidal y Carolina Michaëlis proponían su origen gallego, estudiosos como Tavani y António Resende de Oliveira sostienen que lo más probable es que sea de Talavera de la Reina,2​ de ahí el sobrenombre de Talaveira, pudo pertenecer a una familia de la pequeña nobleza.3​ Estuvo activo en la corte de Alfonso X4​ y en la de Sancho IV.1

Obra[editar]

Se conservan 19 obras, además de una cantiga de amigo de dudosa autoría.5​ Se dividen en: 7 cantigas de amigo, 5 cantigas de escarnio y maldecir, 4 cantigas de amor y 3 tensones.






Aarón Zalaha fue un rabino español, natural de Barcelona, que vivió en el siglo XIII. Murió en 1293.

Escribió un libro que se imprimió en Venecia en el año 1523 titulado: Sepher Hachinnk, id est, Liber Institutionis. Diferencia entre el Talmud de Jerusalén y el de Babilonia, comentarios sobre los Salmos. Recensio 613 legis Mosaicae praeceptorum.






El Libro de los Fueros de Castilla es un antiguo documento legal del Reino de Castilla, el más antiguo que se conoce sobre derecho territorial castellano. Está compuesto por 307 capítulos, en los que desordenadamente se mezcla material jurídico preferentemente sobre derecho privado; precedidos de epígrafes que pretenden aludir a su contenido, aunque a veces no guardan relación con él, y que probablemente fueron incorporados al texto en un momento posterior al de su redacción. El descuido con que se ha redactado se manifiesta en detalles como la repetición de una misma norma que aparece expuesta unas veces como derecho local de un núcleo de población concreta y, en otras, como costumbre de toda la comarca.


Origen[editar]

Debió redactarse entre 1248, fecha de la conquista de Sevilla, y 1252, año de la coronación de Alfonso X pues en varios capítulos se alude a la ciudad andaluza como conquistada y se menciona al monarca no como Rey, sino como Infante. Probablemente su confección tuviese lugar en Burgos por un jurista particular dado que en esa ciudad castellana se encontraba la sede del Tribunal de Alcaldes de la Corte para el que se supone que todo este material fue recopilado.

Contenido[editar]

Recoge costumbres procedentes de localidades de las actuales provincias burgalesa, riojana y segoviana (NájeraBeloradoVillafrancaSepúlvedaCerezo y Burgos), junto con otras que debían haber alcanzado ya una vigencia de ámbito regional. Junto a ellas, aparecen fazañas emitidas por el rey, por los adelantados, por el obispo de Burgos, el Merino Mayor de Castilla, los señores de Haro o, en una ocasión, los hombres buenos de Burgos. Hoy en día se cree que el libro trataría de dar a conocer principalmente las fazañas y privilegios, y que todo lo que aparece como fuero municipal no sería más que legislación local aplicable, en su forma original, que habría sido recopilada por una instancia judicial inferior previa al recurso de alzada ante el mencionado Tribunal de Alcaldes de la Corte o el propio monarca.

Se desconoce el criterio de selección seguido por el recopilador.






Fuero Juzgo

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Miniatura del Fuero Juzgo.

El Fuero Juzgo es la traducción romance del Liber Iudiciorum o Lex gothica, código legal visigodo promulgado primero por Recesvinto en el año 654 y posteriormente, en una versión completada, por Ervigio (681). Esta versión romance se ha atribuido tradicionalmente al rey Fernando III y se da como fecha de realización el año 1241, sin embargo, no hay pruebas de ello salvo lo que dice un documento fechado el 3 de marzo de 1241:

Estas son las cosas que yo don Ferrando rey do e otorgo al conceio de Cordoua por fuero. […] Otorgo et mando que el Libro Iudgo que les yo do, que ge lo mandaré trasladar en romanz et que sea lamado fuero de Córdoua con todas estas cosas sobredichas, et que lo ayan siempre por fuero et nenguno sea osado de lamarle de otra guisa sinon fuero de Córdoua.1

Por otra parte, según parece, no es la primera versión romance de este código, pues hay una versión catalana del siglo XII de la que se conservan tres folios procedentes de dos manuscritos distintos en los archivos de la catedral de la Seu de Urgell y de la Abadía de Montserrat.2​ Otros autores indican que la versión asturiana conservada en la biblioteca del Estado de Baviera (Manuscrito Hisp. 28 Munich Staatsbibliothek) podría ser anterior (copia del siglo XI fechada en el XIII).3​ Sin embargo, F.J. Ortega, en un artículo titulado Comentarios a las 'Sentencias' de Isidoro de Sevilla, afirma que en el filósofo hispalense se aprecia una recopilación jurídica que constituye el antecedente inmediato del Fuero Juzgo. También parece que existió una traducción al árabe.

El Fuero Juzgo consta de unas 500 leyes, divididas en doce libros y cada uno de ellos subdividido en varios títulos. Destacan, entre otras disposiciones, los supuestos en que se autorizaba el divorcio, el deber cívico de acudir "a la hueste", los diferentes tipos de contratos y el procedimiento en los juicios (para más detalles véase el artículo sobre el Liber Iudiciorum).

Las fuentes del Fuero Juzgo son códigos visigodos anteriores, derecho romano e intervenciones de personajes eclesiásticos importantes –la llamada influencia canónica– que influyeron en el texto revisándolo o haciendo sugerencias –como por ejemplo el obispo San Braulio de Zaragoza–.

El Fuero Juzgo fue el cuerpo de leyes que rigió en la península ibérica durante la dominación visigoda y supuso el establecimiento de una norma de justicia común para visigodos e hispanorromanos, sometiendo por igual...

' (...) á los barones, cuemo a las mugieres, é a los grandes cuemo á los pequennos'.

El Fuero Juzgo se aplicó como derecho local, en calidad de fuero municipal, en los territorios meridionales según progresaba la reconquista castellana. Su primera referencia como norma vigente y aplicable la encontramos en Córdoba. En 1348, el Ordenamiento de Alcalá le otorgó preeminencia legal sobre Las Partidas.

El Fuero Juzgo mantuvo su vigencia hasta la aprobación del Código Civil a finales del siglo XIX. En la actualidad sigue vigente como derecho foral civil supletorio en el País VascoNavarra y Aragón. Otros autores, en cambio, consideran que el derecho civil supletorio vigente en parte del País Vasco, Navarra y Aragón no tiene nada que ver con el derecho visigodo y sí, en cambio, con del derecho consuetudinario propio de las regiones pirenaicas[cita requerida].

El Fuero Juzgo fue impreso por vez primera en lengua latina en París en 1579 bajo el título "Codicis Legum Wisighotorum Libri XII" y su primera impresión en castellano corresponde a la edición bilingüe latín-castellano en 1600 de Alonso de Vascuñana y Montoya bajo el título de Forus antiquus gothorum regum Hispaniae, olim liber iudicum, hodie Fuero Juzgo".





El Vidal MayorIn excelsis Dei Thesauris o Compilatio maior es la primera compilación del Fuero de Aragón y fue redactada por el obispo de Huesca Vidal de Canellas entre 1247 y 1252.

Manuscrito del siglo xiiiÍncipit miniado con la figura del rey Jaime I de Aragón recibiendo de manos del obispo de Huesca Vidal de Canellas el manuscrito con la compilación de los Fueros de Aragón, que reza: «Nos, don Iavmes, por la g[rat]ia de Dius rey d'Aragón et de Malliorgas et de Ualentia, conde de Barcalona et [...]».

La primera compilación de los Fueros de Aragón[editar]

Vidal de Canellas recibió el encargo de redactar en este Fuero General en 1247 tras las deliberaciones consensuadas en las Cortes de Huesca de parte del rey Jaime I el Conquistador para ser aplicado en todo el reino, incluyendo el Sobrarbe, la Ribagorza, el Valle de Arán y algunas comarcas castellonenses en sustitución de anteriores fueros particulares, que tenían su base en el Fuero de Jaca, y que fueron, tras la compilación que suponía el Vidal Mayor, derogados.

El obispo, consejero real y experto jurista, Vidal de Canellas, redactó una primera versión en latín, que es conocida como Compilatio minor, en la que se limitó a ordenar por materias los preceptos consensuados en las Cortes de Huesca, sistematizándolos bajo títulos adecuados al modo del Digesto que marcaba la tradición del Corpus Iuris Civilis.

Una ampliación posterior en aragonés (la única que se nos ha conservado), conocida por su epígrafe In excelsis Dei Thesauris supondría la culminación de la obra jurídica, añadiendo glosas y comentarios, que pretendió fijar definitivamente el fuero para el reino de Aragón y fue divulgada con el nombre de Vidal Mayor. La nueva redacción fue más allá de la mera colectánea de fueros, puesto que añadió precisiones técnicas dirigidas a los letrados expertos en el Derecho aragonés (foristas) y en la administración de justicia.

No se ha dilucidado si el Vidal Mayor fue sancionado y promulgado por el rey Jaime I. Al parecer fue voluntad del rey promulgarlo, pero contó con la oposición de la nobleza del reino de Aragón, apegada al fuero jaqués. Todo ello impidió la aplicación exhaustiva del fuero por todo el territorio. En algunas zonas se otorgaron fueros siguiendo el Fuero de Teruel, posteriormente a la promulgación de las dos compilaciones de Vidal y, ya entrado el siglo XIV, solo la Compilatio minor es considerada la ley aragonesa, y el Liber in Excelsis Dei o Vidal Mayor, como su más prestigioso comentario.

El manuscrito[editar]

Señal Real de Aragón en la miniatura de una letra capitular del Vidal Mayor.

El texto en aragonés se nos ha transmitido en un manuscrito del siglo xiii iluminado por 156 miniaturas en pergamino de hojas de 245 x 375 mm. que se encuentra en el Museo de la Fundación Paul Getty.

El códice fue estudiado por Gunnar Tilander que, tras laboriosas pesquisas emprendidas en 1933, localizó el ejemplar que se creía perdido y lo editó en tres volúmenes con comentarios en Suecia (Lund, 1956).

Entre las iniciales miniadas que ilustran el texto hay que destacar que en tres de ellas (que corresponden a los títulos II, 9; VII, 28 y VIII, 28 aparecen tumbadas en bandera las barras de Aragón, en lo que supone la primera representación del señal real en posición horizontal.